Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Equidad de género laboral. ¡El Decreto 1072 no lo pasó de alto!


Equidad de género laboral. ¡El Decreto 1072 no lo pasó de alto!
Actualizado: 4 enero, 2016 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Cuáles son las acciones para esto?
  • Diseño de un programa
  • Reconocimiento e incentivos
  • Control
  • Colaboración
  • Educación para todos los intervinientes

El Decreto 1072 del 2015 promueve las normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra la mujer. En su capítulo 7 incluye temas sobre la equidad de género laboral y las acciones de protección a la trabajadora.

Cabe destacar que los derechos de las mujeres, además de ser reconocidos por la ley, se encuentran protegidos en tratados y convenios internacionales ratificados por Colombia; a raíz de esto, las mujeres del país son libres, autónomas y tienen derecho a una vida digna, integridad física, sexual y psicológica, a la intimidad, a no ser sometidas, torturadas, degradadas o discriminadas y todo lo demás que trata el artículo 7 de la Ley 1257 del 2008 y conexos.

El Decreto Único Reglamentario del Sector de Trabajo 1072 del 2015, en virtud a los lineamientos normativos relacionados con los derechos de la mujeres, no dejó de lado el tema de equidad de género en el empleo, referido ya en el Decreto 4463 del 2011, el cual reglamentó parcialmente la Ley 1257 del 2008 sobre las normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres.

Dicho decreto, en su capítulo 7, busca definir las acciones necesarias para impulsar el reconocimiento tanto social como económico del trabajo de las mujeres, a partir de la promoción de una igualdad salarial y el desarrollo de campañas de erradicación de los actos discriminatorios.

Artículo 2.2.6.7.1. Objeto. El presente capítulo tiene por objeto definir las acciones necesarias para promover el reconocimiento social y económico del trabajo de las mujeres, implementar mecanismos para hacer efectivo el derecho a la igualdad salarial y desarrollar campañas de erradicación de todo acto de discriminación y violencia contra las mujeres en el ámbito laboral.

¿Cuáles son las acciones para esto?

“El Ministerio del Trabajo debe sensibilizar tanto a empleadores como trabajadores y miembros de entidades públicas o empresas del sector privado sobre las normas en materia de protección laboral para la mujer”

El Decreto 1072 del 2015, en concordancia con la recopilación del Decreto 4463 del 2011, plantea 9 acciones para lograr una verdadera equidad de género, las cuales se pueden dividir en 5 temáticas.

Diseño de un programa

El Ministerio del Trabajo debe sensibilizar tanto a empleadores como trabajadores y miembros de entidades públicas o empresas del sector privado sobre las normas en materia de protección laboral para la mujer; esto mediante una acción de diseño del programa de equidad laboral con enfoque diferencial y de género para las mujeres, el cual se encargue de adoptar estrategias de control, vigilancia, inclusión, investigación, asesorías y garantías.

Se espera que al menos un 30% sea el porcentaje de participación de las mujeres en espacios de configuración e implementación en programas de equidad laboral con enfoque diferencial y de género.

Un aspecto a resaltar de esta acción es el interés de divulgar el beneficio de deducción del impuesto sobre la renta del que trata el artículo 23 de la Ley 1257 del 2008, sin que se pierda la garantía de confidencialidad sobre la identidad de las mujeres víctimas.

Artículo 23.  Los empleadores que ocupen trabajadoras mujeres víctimas de la violencia comprobada, y que estén obligados a presentar declaración de renta y complementarios, tienen derecho a deducir de la renta el 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el año o período gravable, desde que exista la relación laboral, y hasta por un período de tres años.

Reconocimiento e incentivos

Implementación del sello de compromiso social con las mujeres, con el cual se busca promover el reconocimiento social y económico del trabajo de las mujeres y entrega al empleador un reconocimiento equivalente a reputación administrativa que le acarrea ventajas competitivas por el uso de buenas prácticas.

Control

El Ministerio del Trabajo, en compañía de diversas entidades como el Departamento Administrativo Nacional de Estadística –DANE–, o el Departamento Nacional de Planeación –DNP–, deben ejecutar la acción de seguimiento a indicadores en materia laboral respecto a las condiciones de trabajo de las mujeres.

Colaboración

El Ministerio del Trabajo debe promover la participación de las trabajadoras en espacios de diálogo social bajo un esquema de participación tripartita, en la cual puedan ayudar a definir unas condiciones de trabajo dignas e igualmente haciendo uso de la acción de coordinación interinstitucional. Igualmente debe valerse de la ayuda de instancias o entidades complementarias para garantizar la protección de los derechos de las mujeres; esto bajo la misma premisa del Decreto 4463 del 2011, artículo 3, sobre las Subcomisiones Departamentales de Concertación de Políticas Salariales y Laborales.

Educación para todos los intervinientes

El Ministerio del Trabajo y el Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA–, en colaboración con otras entidades, son las encargadas de ejecutar la acción de sensibilización y capacitación para lograr el fortalecimiento de la educación mediante programas y proyectos.

El SENA, de acuerdo al Decreto 1072 del 2015, es quien debe brindar las herramientas y facilidades necesarias para el acceso de las mujeres a programas específicos de formación con enfoque de género, lo cual les permita el ingreso al campo laboral y la mejora de capacidades.

A su vez, dentro de la acción de asesoría de las administradoras de riesgos laborales –ARL–,estas deben brindar a toda empresa afiliada capacitaciones sobre prevención e intervención de los factores de riesgos psicosociales.

Con la cultura de igualdad de condiciones se espera crear una cultura de igualdad en las condiciones de trabajo, vinculación y remuneración salarial.

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