Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Es conveniente que personas naturales declaren renta antes del vencimiento del plazo?


¿Es conveniente que personas naturales declaren renta antes del vencimiento del plazo?
Actualizado: 14 mayo, 2019 (hace 5 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Si usted controla totalmente su información
  • Si usted no controla toda su información
  • Para quienes se vayan a trasladar al régimen simple

Las personas naturales grandes contribuyentes debieron presentar su declaración de renta durante abril de 2019, las demás tienen plazo hasta entre agosto y octubre de 2019. Madrugar o no para presentar la declaración trae consigo ventajas y desventajas que se explican en este editorial.

Las personas naturales y sucesiones ilíquidas del régimen ordinario que no se inscribieron voluntariamente en el monotributo, sin importar si son residentes o no, obligadas o no a llevar contabilidad, declarantes obligatorias o voluntarias… tienen dos calendarios para presentar oportunamente su declaración de renta por el año gravable 2018:

  • Las que figuren en el listado de grandes contribuyentes para 2019 y 2020 tuvieron plazo para su presentación hasta entre el 9 y el 25 de abril de 2019. El pago lo pueden hacer hasta en tres cuotas, de las cuales la última vence entre el 11 y el 25 de junio de 2019.
  • Las que no sean grandes contribuyentes tienen plazo para presentar la declaración hasta entre el 6 de agosto y el 17 de octubre de 2019. En ese mismo plazo se les vence la oportunidad para pagar en una sola cuota el posible “saldo a pagar” que arroje su declaración, pero si están ubicadas en Cauca, Nariño y otros departamentos de la frontera con Venezuela podrán hacerlo hasta diciembre 30 de 2019.
“Si una declaración se presenta oportunamente y luego se necesita hacerle alguna corrección no habrá sanción por ello, siempre que tal modificación se realice antes del vencimiento del plazo máximo para declarar”

Con base en lo anterior puede analizar si le conviene o no madrugar a presentar la declaración de renta del año gravable 2018.

Si usted controla totalmente su información

  • Las personas naturales que tienen control total de su información y no requieren esperar hasta julio de 2019 para conocer el archivo de Excel que publica la Dian con la “consulta de datos para declaración de renta”, podrían madrugar a presentar su declaración por este concepto antes del vencimiento.
  • Tomar la decisión de madrugar a presentar la declaración sería útil para quienes saben que la suya arrojará saldo a favor y desean solicitar rápidamente su devolución o compensación.
  • Si una declaración se presenta oportunamente y luego se necesita hacerle alguna corrección no habrá sanción por ello, siempre que tal modificación se realice antes del vencimiento del plazo máximo para declarar.
  • Sin embargo, antes de madrugar demasiado tenga presente que los tres años de firmeza de la declaración solo empiezan a transcurrir desde el día del vencimiento del plazo para declarar.

Si usted no controla toda su información

  • A las personas naturales que no controlan totalmente su información les conviene esperar hasta julio de 2019 para conocer el archivo de Excel que publica la Dian con la “consulta de datos para declaración de renta”.
  • Esperando la “consulta de datos para declaración de renta” se asegurará de no olvidar incluir en su declaración algún dato real y que figure en dicho reporte. Si espera hasta presentar su declaración el mismo día del vencimiento y luego necesita corregirla, en ese caso esta sí se generará sanción de corrección.
  • Quienes esperen hasta el día del vencimiento para presentar su declaración no le dejan a la Dian plazo alguno para que pueda auditarlos.

Para quienes se vayan a trasladar al régimen simple

  • Lo más conveniente para las personas naturales residentes que piensen trasladarse al nuevo régimen simple durante el año gravable 2019 es esperar que el Gobierno expida la respectiva reglamentación.
  • Por ahora, y según el proyecto de decreto publicado el 2 de abril de 2019, no es claro lo que sucedería con los anticipos para 2019 y los saldos a favor que liquiden los contribuyentes en sus declaraciones de renta del régimen ordinario del año gravable 2018.

Lo anterior afecta a los declarantes que prefieren liquidar mayores anticipos en 2019 y así neutralizar el saldo a favor de su declaración de renta del año gravable 2018.

Si quiere profundizar en este tema, lea nuestro análisis ¿Conviene madrugar a presentar la declaración de renta de persona natural por el año gravable 2018?

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