Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

ESAL deben revisar su RUT antes de efectuar el registro web que vencerá el 30 de abril de 2018


ESAL deben revisar su RUT antes de efectuar el registro web que vencerá el 30 de abril de 2018
Actualizado: 20 abril, 2018 (hace 6 años)

En el microsite especial que la Dian publicó en su portal a comienzos de abril de 2018, se menciona que estas entidades deben verificar ciertas casillas importantes del RUT, tales como la que reflejaría su actividad meritoria y la que indica cuál es su entidad de vigilancia y control.

“Al estudiar dicho microsite, se confirma que, en ambos trámites, las ESAL deberán efectuar previamente varias revisiones especiales a su RUT”

Solo en la primera semana de abril de 2018, la Dian publicó un microsite especial, en el cual se recopiló información con las instrucciones más importantes que deberán tener en cuenta todas las ESAL (fundaciones, corporaciones, asociaciones, hospitales y universidades sin ánimo de lucro) que existían a diciembre de 2016, más todas las que se crearon durante el 2017, para efectos de cumplir, antes de abril 30 de 2018, las solicitudes de permanencia en el régimen tributario especial –RTE– (ver artículos 19 y 356 a 364-5 del ET, luego de ser modificados con la Ley 1819 de 2016 y reglamentados con el Decreto 2250 de diciembre 20 de 2017).

Al estudiar dicho microsite, se confirma que, en ambos trámites, las ESAL deberán efectuar previamente varias revisiones especiales a su RUT para confirmar lo siguiente:

1. Que los datos de ubicación de la entidad están completos y correctos.

2. En la casilla 53 – “Responsabilidades» registra el código “04 – Régimen tributario especial del impuesto sobre la renta y complementarios Régimen Ordinario». Al respecto, y en el caso específico de las ESAL que fueron creadas durante el 2017, es importante tener presente que dichas entidades, al momento de ser creadas, tuvieron en su RUT la responsabilidad “05 – Régimen ordinario”. Sin embargo, cuando en diciembre 20 de 2017 se expidió el Decreto 2150, se exigió que dichas entidades, si pretendían pertenecer al régimen especial por el año gravable 2017, debían actuar antes de enero 31 de 2018 y actualizar su RUT de forma presencial para cambiarse el código “05” por el “04”.

3. En la casilla 70 – “Beneficio» registre el código “2 – Sin ánimo de lucro».

4. Los datos de la identificación (nombre, apellidos, cédula) del representante legal autorizado para presentar la solicitud son correctos y están ubicados en el primer ítem de la hoja 3 del RUT.

5. La casilla 88 – “Entidad de vigilancia y control», se encuentre diligenciada. Al respecto, es importante destacar que dicha casilla se puede diligenciar con alguna de las siguientes opciones:

Código

Nombre

1 Superintendencia Financiera
2 Superintendencia de Economía Solidaria
3 Superintendencia de Industria y Comercio
4 Superintendencia de Servicios Públicos
5 Superintendencia de Sociedades
6 Superintendencia de Subsidio Familiar
8 Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
9 Gobernación
10 Superintendencia Nacional de Salud
11 Alcaldía
12 Superintendencia de Notariado y Registro
13 Contraloría General de la República
14 Contraloría Distrital
15 Contraloría Departamental
16 Contraloría Municipal
17 Ministerio de Educación
18 Ministerio del Interior
19 Ministerio de Salud y de la Protección Social
20 Ministerio de Defensa Nacional
21 Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
22 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
23 Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
24 Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
25 Ministerio de Cultura
26 Ministerio de Hacienda y Crédito Público
27 Ministerio de Minas y Energía
28 Ministerio de Relaciones Exteriores
29 Ministerio de Transporte
30 Secretaría de Educación Distrital
31 Cabildo
32 Cámara de Comercio
33 Instituto de Bienestar Familiar
34 Superintendencia de Puertos
35 Conferencia Episcopal
36 Fondo de Garantías Financieras
37 Comisión Nacional de Televisión
38 Ministerio de Justicia y del Derecho
39 Ministerio de Trabajo
40 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
41 Autoridad Nacional de Televisión

 

“por lo menos una de las actividades económicas registradas en el RUT corresponda a una actividad meritoria definida en el artículo 359 del ET

6. Que por lo menos una de las actividades económicas registradas en el RUT corresponda a una actividad meritoria definida en el artículo 359 del ET . Para ello, la propia Dian, en la opción de “preguntas frecuentes ESAL” (que hace parte del mismo microsite), diseñó una tabla especial con los códigos de las 162 diferentes actividades económicas que pueden servir para identificar la(s) actividad(es) meritoria(s) a la(s) que se puede dedicar una ESAL que pretenda pertenecer al RTE.

7. Contar con el mecanismo de firma electrónica

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