Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

ESFA: 6 respuestas clave


Actualizado: 5 julio, 2017 (hace 7 años)

En el proceso de convergencia hacia los nuevos marcos técnicos normativos se debe realizar el Estado de Situación Financiera de Apertura –ESFA–. A continuación, se presentan 6 respuestas clave en relación al tema, abordadas por nuestro equipo experto en la materia.

Registro de impuesto diferido por diferencias temporarias en el ESFA

El Dr. Juan David Maya indica que el impuesto diferido es un requerimiento de las normas, para el que, si se habla del Estándar Internacional para Pymes, se debe estudiar la sección 29. La norma establece que la entidad debe reconocer un impuesto diferido por las diferencias temporarias entre sus activos fiscales y contables lo mismo que para sus pasivos.

Lo anterior, es un requerimiento contable que exige la norma en cada una de las fechas de cierre, en ese sentido, no será posible establecer como política contable no calcular el impuesto diferido.


Elaboración del ESFA para persona natural que desea implementar los nuevos marcos normativos

El Dr. Juan David Maya indica que para el caso en mención lo primero que debe hacer la persona natural si desea implementar los nuevos marcos normativos es organizar toda su información financiera para poder elaborar un balance inicial, estableciendo una fecha de corte, donde se revisan que activos se tienen, cuales son deudas, y, en fin, todo lo relacionado con sus movimientos financieros.

Una vez realizado lo anterior se da comienzo al registro de una contabilidad bajo los nuevos marcos normativos, que según sea el caso, lo más probable es que sea conforme al Estándar Internacional para Pymes.


Cálculo de impuesto diferido por deterioro de valor reconocido en el ESFA

El Dr. Juan David Maya menciona que el tema de las cuentas por cobrar y por pagar a socios o accionistas es algo delicado por el tratamiento inadecuado que algunos socios hacen del dinero de la entidad. En ese sentido, se expone que los préstamos que realiza el socio para sí mismo no son considerados como una buena práctica, y que de darse este tipo de préstamos, en la mayoría de los casos no se denominan como cuentas por cobrar y tampoco pueden llevarse como gastos porque no cumplen con la definición de los nuevos marcos normativos.

Ahora bien, si existe una cuenta por cobrar a un socio que aún no ha sido recaudada, resulta un poco incoherente decir que se deterioró porque quien debe el dinero es uno de los socios.


Qué hacer en el ESFA con pasivo contabilizado por mercancía facturada en el 2014

El Dr. Juan David Maya coloca dos escenarios para dar respuesta al interrogante. El primero, es cuando un cliente solicita 100 computadores el 30 de diciembre, los paga, pero no se encuentran disponibles en el inventario para su despacho inmediato. En tal situación, y bajo los Estándares Internacionales, si se paga primero se debe reconocer un anticipo pues no se puede reconocer un ingreso ni hacer provisiones de gasto.

En el segundo escenario, si por ejemplo soy el comprador y mi proveedor me envío la factura por 100 computadores el 30 de diciembre, en tal situación si se cumplen ciertos criterios se pueden reconocer una propiedad planta y equipo, y por lo tanto, no se tendrá que hacer ningún tipo de provisión.


Ajustes hoja de trabajo de elaboración del ESFA

El Dr. Juan David Maya indica que el comprobante de ajuste es un tema que ha generado controversia. Hay que tener en cuenta que el ESFA que se elaboró al 01 de enero de 2015 no hace parte de la información oficial ni tampoco se registra en los libros de contabilidad de la fecha en mención; este solo se realiza para presentar estados financieros comparativos, pues hasta ese punto se continúa trabajando con la información bajo norma local. Sin embargo, para el año siguiente, el 2016, se debe realizar el registro contable de las diferencias en libros de contabilidad bajo Estándares Internacionales, porque corresponde al período de aplicación obligatoria.


Reconocimiento en el ESFA de pérdidas fiscales

El Dr. Juan David Maya asume que esta pregunta va orientada a lo que establece la sección 29 del impuesto a las ganancias del Estándar Internacional para Pymes y la NIC 12 de las normas plenas, normas en las que se menciona que en algunas circunstancias se pueden recuperar impuestos pagados en periodos anteriores con las pérdidas fiscales del periodo presente. Sin embargo, al respecto, se encontró que en Colombia no opera esta postura debido a que solo aplica la compensación en periodos futuros, por lo tanto, si se tienen pérdidas hoy estas generarán un impuesto diferido.

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