Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

ESFA para pymes: ajuste por activos inexistentes


ESFA para pymes: ajuste por activos inexistentes
Actualizado: 22 abril, 2015 (hace 9 años)

En la transición al nuevo marco técnico normativo internacional todo aquello que no exista, que no pueda reconocerse de acuerdo con las indicaciones del estándar debe darse de baja; cajas sin fondos, inventarios que no aparecen en los conteos físicos, entre otros elementos que puedan distorsionar la realidad de la empresa, deben suprimirse de los nuevos estados financieros.

Con la ventaja tributaria recientemente aprobada, en la que por medio de la figura del impuesto de normalización tributaria se podrá realizar la legalización fiscal de aquellos activos que, aun habiendo estado reconocidos en la información contable de las compañías, no existían físicamente, sino que fueron ingresados contablemente para arrojar utilidades, saldrán a la luz muchos de estos casos por lo que es importante preguntarse, cómo harán las pymes para realizar el respectivo ajuste en su información financiera, a fin de mostrar la verdadera realidad de la compañía en sus respectivos Estados de Situación Financiera de Apertura –ESFA.

Pues bien, si una empresa tiene, por ejemplo, inventarios que físicamente no existen, sino que se incrementaron para generar utilidades, como sería el caso de una empresa X en la que en un determinado período se vendieron $100.000.000 y el costo de ventas era $80.000.000, lo que generaba una utilidad de $20.000.000, pero la empresa decidió llevar al costo de ventas sólo $50.000.000 para generar utilidades por $50.000.000; ese movimiento debió dejar como resultado un inventario de papel, que no existe físicamente en poder de la compañía, por valor de $30.000.000.

“al hablar sobre adopción por primera vez en las pymes, se debe leer la Sección 35, que constituye una guía de implementación”

En este panorama, debemos recordar que al hablar sobre adopción por primera vez en las pymes, se debe leer la Sección 35, que constituye una guía de implementación; el manual de usuario de las NIIF, que indica cómo la entidad toma sus Estados Financieros y los convierte a Normas Internacionales de Información Financiera, mediante la construcción de un punto de partida que será llamado Balance de Apertura o Estado de Situación Financiera de Apertura.

La Sección 35 afirma que en la adopción por primera vez se elabora una conversión del Balance General elaborado de acuerdo con las dinámicas establecidas en el Decreto 2649 de 1993  a un Estado de Situación Financiera de Apertura de acuerdo con lo establecido en la NIIF para pymes; y en este punto es importante llamar también la atención, al respecto de que el único Estado Financiero que se convierte es el Balance General, pues es este el que representa la situación financiera de la entidad a la fecha de corte, por lo que no es necesario convertir ni el Estado de Flujos de Efectivo, ni el Estado de Resultados, ni tampoco el Estado de Cambios en el patrimonio; la empresa convertirá el Balance y de ahí en adelante continuará aplicando NIIF y elaborando todo su nuevo juego de estados financieros.

“para realizar la mencionada conversión del Balance General bajo normal local al Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF para pymes, se seguirá un proceso compuesto por 4 pasos”

Así pues, para realizar la mencionada conversión del Balance General bajo normal local al Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF para pymes, se seguirá un proceso compuesto por 4 pasos:

  1. Reconocer todos los activos y pasivos que piden las normas.
  2. No reconocer los activos y pasivos que estén prohibidos o que no cumplan la definición y el criterio de reconocimiento de las NIIF.
  3. Clasificar los elementos según las categorías que pide las NIIF. Por ejemplo, se puede tomar un inmueble que estaba en Propiedad, planta y equipo y se puede trasladar a Propiedades de inversión.
  4. Una vez clasificadas, se deben medir todas las partidas, de acuerdo con lo que piden las NIIF para pymes y las políticas contables que la entidad haya adoptado.
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En el caso específico de la normalización contable–financiera de aquellos activos inexistentes, se debe atender al segundo, paso que indica la necesidad de dar de baja lo que no se puede reconocer y es en este segundo punto donde entran esos inventarios que no existen; si en los libros contables se tiene un inventario de $50.000.000, pero cuando se hace una auditoría de inventarios se identifica que sólo hay $20.000.000, al Estado de Situación Financiera de Apertura sólo se deben llevar los $20.000.000 que realmente se tienen en el inventario.

En consecuencia, lo que la empresa se verá obligada a hacer en su información financiera es realizar los respectivos ajustes de baja en Estados Financieros, que contablemente impactarán el patrimonio con una contrapartida que disminuye las utilidades retenidas de la compañía, pero también puede presentarse el caso en el que la empresa no tenga dichas utilidades retenidas y el impacto financiero será mucho mayor, pues esos ajustes probablemente generen pérdidas por la disminución del patrimonio a causa de inexistencia del inventario.

En la transición al nuevo marco técnico normativo internacional, todo aquello que no exista, que no pueda reconocerse de acuerdo con las indicaciones del estándar, debe darse de baja; cajas sin fondos, inventarios que no aparecen en los conteos físicos, entre otros elementos que puedan distorsionar la realidad de la empresa, deben suprimirse de los nuevos estados financieros; de modo que, independiente del tratamiento que se dé para efectos fiscales, para el debido reconocimiento en el Estado de Situación Financiera de Apertura, las pymes deberán disminuir los inventarios hasta desaparecer de su información financiera aquellos que sólo están en el papel; la contrapartida de esta operación será una disminución de las ganancias retenidas de la entidad.

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