Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Procedimiento para la compensación y devolución de saldos a favor


Procedimiento para la compensación y devolución de saldos a favor
Actualizado: 25 abril, 2022 (hace 2 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Quiénes pueden solicitar la devolución y/o compensación de saldos a favor?
  • ¿Cómo solicitar los saldos a favor por medio de los canales virtuales dispuestos por la Dian?
  • ¿Cómo funcionan las devoluciones y/o compensaciones automáticas de los saldos a favor?
  • ¿Qué otros temas y herramientas te brinda este especial?
  • Términos y condiciones:

Conoce con este especial el procedimiento que deben adelantar los contribuyentes y responsables ante la Dian para la devolución o compensación de los saldos a favor acumulados en sus declaraciones de renta e IVA.

Accede a diferentes modelos y formatos, respuestas en formato audiovisual y un paso a paso explicando cada trámite.

Los saldos a favor son excedentes de las declaraciones de renta o IVA, los cuales pueden ser recuperados por los contribuyentes a través de la devolución o compensación. En el caso de la renta, surgen por retenciones en la fuente o autorretenciones que se hayan liquidado y pagado ante la Dian, anticipos de años anteriores o beneficios tributarios. En el caso del IVA, son generados por la proporcionalidad del IVA descontable en relación con el impuesto generado en las ventas.

¿Quiénes pueden solicitar la devolución y/o compensación de saldos a favor?

La devolución y/o compensación puede ser solicitada por todos los contribuyentes que liquiden saldos a favor en sus declaraciones tributarias. Sin embargo, en cuanto a los responsables del IVA, solo podrán aplicar los:

  • Responsables de los bienes y servicios exentos con derecho a devolución bimestral señalados en el artículo 481 del ET.
  • Productores de los bienes exentos previstos en el artículo 477 del ET.
  • Productores y vendedores de los bienes previstos en los numerales 4 y 5 del artículo 477 del ET (solo para el caso de la devolución).
  • Responsables de los bienes y servicios gravados a la tarifa del 5 % de los artículos 468-1 y 468-3 del ET.
  • Quienes hayan sido objeto de retención.

En este especial te informamos detalladamente sobre cuáles son los términos para realizar esta solicitud, las condiciones que solicita la Dian, cuál es la documentación y los formatos requeridos, cómo procede el pago de la devolución, entre otros aspectos.

¿Cómo solicitar los saldos a favor por medio de los canales virtuales dispuestos por la Dian?

El Especial Actualícese Procedimiento para la compensación y devolución de saldos a favor trae para ti una guía completa y detallada de la cual te podrás acompañar paso a paso para realizar esta solicitud. Podrás conocer cómo proceder ante:

  • El diligenciamiento y la solicitud.
  • La radicación de los documentos.

También te indicará cuáles son los errores más frecuentes que pueden presentarse al realizar estos procedimientos y las causales de rechazo de las solicitudes.

¿Cómo funcionan las devoluciones y/o compensaciones automáticas de los saldos a favor?

Según el parágrafo 5 del artículo 855 del ET, la Dian podrá devolver de forma automática los saldos a favor originados en el impuesto sobre la renta e IVA a los contribuyentes que cumplan las siguientes condiciones:

  • Que no representen un riesgo alto de conformidad con el sistema de análisis de riesgo de la administración tributaria.
  • Que más del 85 % de los costos o gastos y/o IVA descontables provengan de proveedores que emitan sus facturas mediante el mecanismo de factura electrónica.
  • Que acrediten el cumplimiento de los requisitos generales y especiales.

En este Especial Actualícese también explicamos cómo opera la devolución automática de saldos a favor para los contribuyentes del SIMPLE.

¿Qué otros temas y herramientas te brinda este especial?

El Especial Actualícese Procedimiento para la compensación y devolución de saldos a favor también te informa sobre otros aspectos particulares en lo referente a este tema, como:

  • ¿Cómo deben proceder los productores de bienes exentos para solicitar la devolución de saldos a favor (estos podrán solicitarla a partir de julio)?
  • ¿Qué se debe tener en cuenta al solicitar los saldos a favor en declaraciones de renta con beneficio de auditoría?
  • ¿Cuáles sanciones podría acarrear la improcedencia de la solicitud de saldos a favor según la Dian?
TAMBIÉN LEE:   Recuperación de saldos a favor al trasladarse del régimen ordinario al régimen simple

Además, tendrás acceso a otros materiales que harán más fácil para ti el entendimiento y realización de esta tarea, como:

  • Una gran variedad de respuestas a cuestiones específicas en vídeo.
  • Infografías con la información desgranada para entender más rápido.
  • Acceso rápido mediante enlaces a los formatos requeridos por la Dian para realizar la solicitud de la devolución de los saldos a favor en renta e IVA.

A continuación, no te pierdas todos los temas abordados en el Especial Actualícese Procedimiento para la compensación y devolución de saldos a favor.


TABLA DE CONTENIDO

  • ¿Qué son los saldos a favor?
  • ¿Qué es devolución?
  • ¿Qué es compensación?
  • Aspectos a tener en cuenta para la imputación de saldos a favor en declaraciones tributarias
  • ¿Quiénes pueden solicitar la devolución y/o compensación de saldos a favor?
  • Término para solicitar la devolución y/o compensación de saldos a favor
  • Condiciones para la devolución
  • Término para devolver los saldos a favor
  • Investigación previa a la devolución o compensación
  • Pago de la devolución
  • Documentación requerida
  • Formatos requeridos para la solicitud de saldos a favor
  • Solicitud de devolución podrá realizarse una vez se efectúen las debidas compensaciones
  • Operadores económicos autorizados podrán solicitar la devolución bimestral
  • Devolución automática de saldo a favor en declaración anual del régimen simple
  • Diligenciamiento de la solicitud
  • Radicación de documentos
  • Errores más frecuentes que pueden presentarse en el diligenciamiento de la solicitud
  • Rechazo de las solicitudes de devolución o compensación

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Términos y condiciones:

Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:  

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:   

4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»   

Por tanto, los productos ofrecidos por el portal Actualícese, al ser bienes intangibles, no son susceptibles de ser devueltos por parte del usuario.  

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