Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Especificaciones, plazos y condiciones para la presentación de la conciliación fiscal


Actualizado: 23 marzo, 2018 (hace 6 años)

La Dian publicó un proyecto de resolución para fijar especificaciones técnicas, plazos y condiciones para presentar el reporte de conciliación fiscal.

La Dian dio a conocer el proyecto de resolución, “Por la cual se fijan las especificaciones técnicas y los plazos y condiciones de presentación del Reporte de Conciliación Fiscal de que trata el numeral 2 del artículo 1.7.1 del Decreto 1625, del 11 de octubre de 2016, Único Reglamentario en Materia Fiscal y la Resolución 000073 del 29 de diciembre de 2017”.

Entre otras aclaraciones, el documento señala que la información debe presentarse a través de los servicios informáticos de la Dian, según las especificaciones del anexo 1 (Reporte de Conciliación Fiscal Anexo Formulario 110), utilizando el instrumento de firma electrónica IFE emitido por la Dian.

También se especifican las fechas de presentación, teniendo en cuenta el último dígito del NIT del declarante y sin tomar el dígito de verificación.

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