Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Está desempleado?, en Colombia existe un subsidio para cesantes


¿Está desempleado?, en Colombia existe un subsidio para cesantes
Actualizado: 4 agosto, 2017 (hace 7 años)

El subsidio al desempleo es un beneficio de los trabajadores que aportan a las cajas de compensación familiar; este constituye una ayuda importante para los cesantes en tanto se garantiza su afiliación a salud y pensión y se otorgan otros beneficios económicos.

El mecanismo de protección al cesante o subsidio de desempleo está regulado en la Ley 1636 de junio 18 de 2013. Gracias a este, quienes han sido trabajadores y por alguna razón caen en condición de desempleo, pueden gozar sin ningún costo de beneficios como: capacitaciones para fortalecer su perfil profesional, acompañamiento para el emprendimiento, sostenimiento de las cotizaciones a salud y pensión, entre otros no menos importantes; todos enfocados a lograr la reubicación laboral del titular en condiciones de dignidad, mejoramiento de la calidad de vida, permanencia y formalización.

Por no conocer esta información, miles de colombianos se están perdiendo de una gran ayuda; a continuación, le recordamos los puntos más importantes a tener en cuenta:

¿Quiénes pueden beneficiarse?

“pueden acceder al beneficio todos los trabajadores, bien sea del sector público o privado, dependientes o independientes”

De acuerdo con lo indicado en el artículo 3 de la Ley 1636, pueden acceder al beneficio todos los trabajadores, bien sea del sector público o privado, dependientes o independientes, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Trabajadores dependientes: haber realizado aportes a una caja de compensación familiar al menos doce (12) meses continuos o discontinuos durante los últimos tres (3) años.
  • Trabajadores independientes: poder confirmar la realización de aportes a caja de compensación familiar por lo menos durante veinticuatro (24) meses continuos o discontinuos durante los últimos tres (3) años.

Adicionalmente el artículo 13 de la misma ley enuncia otros requisitos adicionales:

  • Que la situación laboral haya finalizado por cualquier causa y que el solicitante no cuente con ningún ingreso o fuente de ingresos. Al respecto, debe tenerse presente que para el reconocimiento de los beneficios es indispensable que dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación del contrato laboral, el empleador otorgue al trabajador una carta o certificación en la que haga constar la finalización del acuerdo y la fecha exacta de terminación.
  • Inscribirse en cualquiera de los servicios de empleo autorizados.
  • Estar inscrito en los programas de capacitación y formación para la vida laboral que ofrezcan las cajas de compensación familiar.

Beneficios del mecanismo de protección

Los beneficios ofrecidos para este subsidio no son despreciables, se otorgan por un plazo de hasta seis (6) meses. Entre ellos se tiene:

  • Cubrimiento de los aportes a salud y pensión tomando como base de cotización un (1) smmlv.
  • Acceso a la cuota monetaria del subsidio familiar y el correspondiente bono de alimentación.
  • Capacitaciones para fortalecer el perfil laboral del beneficiario o acompañamiento profesional para el emprendimiento.
  • Si se habían realizado aportes voluntarios al mecanismo de protección al cesante, además de los correspondientes a caja de compensación familiar, el solicitante podrá recibir un beneficio monetario adicional por un valor proporcional al monto del ahorro alcanzado.

Una vez el solicitante presente su petición en el formato establecido para tal fin, el Fondo de solidaridad de fomento al empleo y protección al cesante contará con diez (10) días hábiles para verificar el cumplimento de las condiciones estipuladas para el acceso al beneficio. El cesante que cumpla con los requisitos, será incluido inmediatamente en el registro para pago de la cotización al Sistema de seguridad social en salud y pensiones y cuota monetaria de subsidio familiar, según corresponda, y será remitido a cualquiera de los operadores autorizados de la red de servicios de empleo, para iniciar el proceso de asesoría de búsqueda, orientación ocupacional y capacitación.

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