Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Está facultado el consejo para ejecutar unos excedentes que la copropiedad tiene de los ejercicios anteriores? – Martha Elena Ramírez Castaño


La ley 675 establece claramente que es la ASAMBLEA GENERAL DE COPROPIETARIOS la que establece el presupuesto anual con el cual funciona la copropiedad, pero no se pronuncia expresamente sobre el manejo de los excedentes. Sin embargo, por analogía y en consonancia con los objetivos fundamentales que busca la copropiedad es pertinente que en sesión de CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN y de acuerdo con LA ADMINISTRACIÓN, teniendo en cuenta el mandato general de la asamblea, establezcan un PLAN DE TRABAJO tendiente a adelantar las acciones necesarias para el mejoramiento de los bienes comunes DEBIDAMENTE MOTIVADOS o de acuerdo con los considerandos que se tengan en cuenta para que una vez tengan clara la propuesta la socialicen con los demás copropietarios haciéndoles énfasis en que:

  1. No se tendrá que erogar cuota extraordinaria alguna.
  2. Que debido a que son excedentes y la propuesta es sobre obras necesarias que incrementarán el patrimonio colectivo, no es necesario  incurrir en los gastos de una asamblea.
  3. Son dineros que en su momento fueron ya aprobados y que sirven para terminar las obras faltantes que contribuyen a la seguridad y el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad.

Recuerden que la ley 675 habla de la idoneidad de la administración y del consejo ya que de la experticia, pertinencia, madurez, claridad, asertividad y compromiso de todos ellos se desprende la posibilidad del incremento o detrimento  del patrimonio y la calidad de vida de toda la comunidad.

Resultaría, por decir lo menos, claramente deprimente que siendo el consejo y la administración los llamados y facultados por la ley a la preservación del bien común, la falta de criterio los llevara a volver inviable o altamente costoso el sistema de soluciones y el mejoramiento de la calidad de vida para todos.

Les recomiendo:

  1. Socializar el plan de trabajo con la comunidad.
  2. Sustentar plenamente el plan de trabajo.
  3. Presentar si es posible, dibujos arquitectónicos o maquetas para que la comunidad se entusiasme.
  4. Mostrar ampliamente los beneficios de la cada inversión.
  5. Hacerles énfasis en que no tiene erogaciones extraordinarias.
  6. Mostrarle el incremento patrimonial.
  7. Contar que el procedimiento para la selección de la obra es por mínimo evaluación de al menos 3 cotizaciones.
  8. Dejar una carpeta con todos los soportes y al final, entregar una rendición de cuentas especial para que la gente tenga la confianza suficiente y queden felices.

Autor:

Martha Elena Ramírez Castaño.
ABOGADA CONSULTORA NCL.
EXPERTA EN PROPIEDAD HORIZONTAL.
Gerente General y Representante Legal
CENTRAL DE RIESGO INMOBILIARIO SAS.
E-mail: maelra@datainmobiliario.com

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