Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Estabilidad laboral reforzada de madres adoptantes


Actualizado: 12 marzo, 2018 (hace 6 años)

Los derechos y prestaciones sociales que deben garantizarles a trabajadoras en embarazo y en período de lactancia fueron inicialmente concebidos solo para proteger a las madres biológicas, puesto que el Código Sustantivo del Trabajo se limitaba a consagrar medidas de protección a su favor, sin realizar ninguna mención de las madres adoptantes.

Con la Ley 024 de 1986 se introdujo el numeral 4 del artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo que extendió los beneficios establecidos en el Capítulo V, en los mismos términos y, en cuanto fuere procedente para la madre adoptante del menor de 7 años de edad, asimilando la fecha del parto como la de entrega oficial del menor adoptado.

La decisión de introducir este numeral al contexto de previsiones del original Código Sustantivo del Trabajo se basó en la urgencia de proteger a las familias constituidas por vínculos civiles frente a las constituidas por vínculos biológicos, por el nivel de amparo que se tiene que otorgar a los derechos y necesidades de madres adoptantes.

Posteriormente, en la Sentencia C–543 de 2010 la Corte Constitucional declaró inexequible la expresión, del menor de 7 años de edad, por considerarla contraria al:

  1. Mandato de igualdad que establece el artículo 13 de la Constitución.
  2. Principio que ordena reconocer a todos los hijos mismos derechos, sin importar la forma como hayan llegado a la familia, estipulado en el artículo 42 de la misma norma.
  3. Protección prevalente de la niñez que establece el artículo 44 de la Constitución.

Extensión a trabajadoras del sector público

El artículo 1 de la Ley 1468 de 2011 que modificó el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, estableció que todas las provisiones y garantías previstas en el Capítulo V del CST, otorgadas a las madres biológicas, y que habían sido ampliadas a las madres adoptantes, asimilando la fecha del parto como la fecha de entrega del niño, niña o adolescente adoptado, fueron reconocidas de nuevo como parte de las garantías laborales de las trabajadoras del sector público.

Últimas novedades legislativas

La Ley 1822 de 2017 mantuvo la extensión de los beneficios a empleadas del sector público, precisando que estos se refieren a los derechos incluidos en los artículos 236 y 239 del CST, es decir, la licencia de maternidad y la prohibición de despido.

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