Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Estabilidad laboral reforzada en contratos de obra o labor para trabajadoras gestantes


Estabilidad laboral reforzada en contratos de obra o labor para trabajadoras gestantes
Actualizado: 25 octubre, 2021 (hace 2 años)

El contrato de obra o labor es aquel en el cual, aunque no exista una fecha de terminación, su duración comprende un plazo determinado.

Conoce, a continuación, cómo procede el reclamo de estabilidad laboral reforzada para una trabajadora en estado de gestación con este tipo de contrato.

Una persona con estabilidad laboral reforzada es aquella protegida por la ley para no ser despedida o desmejorada en sus condiciones laborales con ocasión de su condición. En el caso de las trabajadoras en estado de gestación, el alcance del fuero depende del conocimiento del estado de embarazo por parte del empleador y de la modalidad contractual de la relación laboral.

Frente a esto, es importante advertir que en cualquier tipo de contratación, sea a término fijo o indefinido, o por obra o labor, si la trabajadora no avisa a su empleador de su estado de embarazo, el juez de tutela no puede ordenar el goce del fuero de estabilidad laboral reforzada, independientemente de si se ha aducido o no una justa causa para dar por terminado el contrato.

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Reclamo de la estabilidad laboral reforzada en contratos de obra o labor

En los contratos por obra o labor contratada, la solicitud de la estabilidad laboral reforzada opera de la siguiente manera:

  • Si el empleador conoce el estado de gestación de la trabajadora y la desvinculación ocurre antes del vencimiento de la obra o labor sin la previa calificación de una justa causa por el inspector del trabajo, se debe aplicar la protección derivada del fuero de maternidad y lactancia.
  • Si la desvinculación ocurre una vez vencido el plazo de la obra o labor, alegando como una justa causa el vencimiento del plazo pactado, el empleador debe acudir antes de dicho vencimiento ante el inspector del trabajo para que determine si subsisten las causas objetivas que dieron origen a la relación laboral.
  • Si existen dudas acerca de si el empleador conoce el estado de gestación de la trabajadora, opera la presunción de despido por razón del embarazo.

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