¿Estabilidad laboral reforzada por incapacidad continua?


¿Estabilidad laboral reforzada por incapacidad continua?
Actualizado: 5 mayo, 2023 (hace 11 meses)

La estabilidad laboral reforzada es una protección legal y constitucional que beneficia a los trabajadores que se encuentran en estado especial de vulnerabilidad, evitando el despido a causa de su condición.

Aquí te contamos qué alternativas tiene el contratante ante incapacidades extensas.  

La estabilidad laboral reforzada es una figura que opera para los trabajadores a quienes por alguna condición especial de vulnerabilidad se les ve afectada la productividad en sus actividades laborales. Esta cuenta con mecanismos judiciales para hacer valer los derechos del trabajador frente a una situación de despido siempre que esté relacionada con su condición de vulnerabilidad. Sin embargo, el empleador puede solicitar la terminación de la relación laboral ante el Ministerio del Trabajo para su autorización, demostrando previamente las justas causas que lo llevan a tomar tal decisión.

La protección de la estabilidad laboral reforzada no se ve afectada por el hecho de adquirir una enfermedad o condición vulnerable que genere al trabajador una incapacidad antes o después de ser contratado.  Al respecto, la conferencista Angie Marcela Vargas, especialista en Derecho Laboral, indica que cuando una trabajadora se encuentra incapacitada se le debe reconocer la protección de la estabilidad laboral reforzada, en la cual su contrato no se puede terminar y su condición no debe ser impedimento para ser contratada.

Por otro lado, se debe tener en cuenta que cuando un trabajador está en período de incapacidad, el empleador debe proteger, reservar y respetar su tiempo de descanso.

Por último, la conferencista señala los tres requisitos fundamentales que debe cumplir el trabajador para obtener la protección de estabilidad laboral reforzada:

  • Tener una enfermedad moderada o grave que le impida al trabajador realizar de forma normal sus funciones.
  • El empleador debe tener conocimiento de la condición del trabajador.
  • Debe existir una causal objetiva o justificada de despido y que sea autorizada por el Ministerio del trabajo.

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