Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Establecimientos de crédito, a informar el Valor Total Unificado


Actualizado: 24 septiembre, 2015 (hace 9 años)

Establecimientos de crédito deberán calcular y reportar el Valor Total Unificado en las Operaciones Activas -VTUA- al cliente de manera previa a la suscripción de los contratos de adhesión de operaciones o productos como créditos de vivienda, operaciones de leasing habitacional, créditos de consumo microcrédito, créditos de bajo monto y crédito comercial.

Luego de nueve meses de haber sido aprobada la Ley de Precios Transparentes, el ministro Mauricio Cárdenas, firmó el Decreto 1854 del 16 de septiembre del 2015, que reglamenta su implementación.

La norma obliga en los próximos 12 meses a que los establecimientos de crédito a informar el llamado Valor Total Unificado en las Operaciones Activas -VTUA.

El cálculo incluirá en los créditos tanto la tasa de interés que les cobran o les pagan a usuarios, como otros cargos como intereses, seguros, gastos, contribuciones, erogaciones, comisiones e impuestos. Además, las entidades deberán informar a posibles clientes sobre lo que reciban o deban pagar antes de firmar un contrato.

Fuente: Ministerio de Hacienda.

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