Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Estándar Internacional para Pymes: 10 respuestas clave


Actualizado: 27 enero, 2016 (hace 8 años)

Debido a la condición económica del país, la gran mayoría de las empresas colombianas se clasifican en el Grupo 2 de la convergencia que corresponde a las pymes. Estas entidades aplicarán las disposiciones contenidas en el anexo 2 del DUR 2420 del 2015, modificado por el Decreto 2496 del 2015.

Reconocimiento de deuda con bancos

Cuando se adquieren deudas con un banco, sin comisiones ni recargos, es pertinente preguntarse si la contabilización de dicha operación es la misma que se venía trabajando antes, causando interés más abono a capital, para efectos de calcular el valor presente de la deuda.

Política interna para centros de costos en una pyme

Hay entidades que manejaban centros de operación, de utilidades, de costos, de asignación, de generación de beneficios y una cantidad de subclasificaciones de la información financiera; a la pregunta de si pueden considerarse segmentos de operación, no existe una respuesta concreta.

Cálculo de costo del inventario en pymes

Algunas empresas que aplican el Estándar Internacional para Pymes tienen inventarios de años anteriores que en su momento tuvieron descuento pie de factura; resulta pertinente preguntarse si al aplicar la Sección 35 tendrían que revisarse los años pasados y recalcularse el costo del inventario para el reconocimiento inicial.

Inventarios físicos a realizar en pymes

Las normas internacionales de información financiera para pymes establecen que la información debe contener unas características, entre estas la fiabilidad; tal característica obliga a que la información sea completa, neutral y libre de error o sesgos.

Saldos de impuesto diferido por diferencias temporales en balance de apertura en pymes

La empresa debe tener en cuenta la obligación de medir todos los activos y pasivos, según las indicaciones del Estándar, para recalcular este valor y reconocerlo de acuerdo con las precisiones del Estándar Internacional.

Cuentas de ingresos o gastos de períodos anteriores para pymes

Los costos y gastos correspondientes a períodos anteriores tienen un tratamiento en pymes, como lo plantea la Sección 32. Lo anterior aplica si los hechos ocurren entre la fecha de cierre y la de autorización de los estados financieros.

Manejo de patrimonio de sociedad por acciones en pymes

El manejo del patrimonio en una sociedad por acciones es, en términos generales, igual tanto en la norma local como en el Estándar Internacional; pero debe tenerse presente que las subcategorías de capital son cuentas que cumplen un papel de control con fines más administrativos que contables o financieros.

Corrección valorativa de los impuestos diferidos en pymes

La problemática para corrección valorativa solo aplica para el activo por impuesto diferido; ese es el que exige que se haga una evaluación y, si es necesario, una corrección valorativa en los términos indicados en el literal g) del párrafo 29.3 del Estándar Internacional para Pymes, en el que se establece que la entidad deberá reconocer una corrección valorativa para los activos por impuestos diferidos.

Cálculo del costo amortizado a pagos e ingresos recibidos por anticipado en pymes

El costo amortizado es el modelo de medición que requiere el Estándar Internacional para Pymes, para activos y pasivos financieros básicos mencionados en la Sección 11, párrafo 11.4 del mismo Estándar. La Sección 11 requiere un modelo de costo amortizado para todos los instrumentos financieros básicos, pero los ingresos recibidos por anticipado no se consideran como tal.

Compensación de pérdidas fiscales con impuestos diferidos en pymes

A la hora de calcular el valor de un tributo hay que atender la norma fiscal, y en cuanto efectivamente nazca la obligación de cancelarlo, debe realizarse la respectiva causación en el estado financiero. Así mismo ocurre con el tema de las pérdidas fiscales, pues los estados financieros de la entidad deberán reflejar la realidad de lo que disponga la norma fiscal, de modo que lo correcto es consultar qué precisiones indica el Estatuto Tributario respecto de su tratamiento, para saber cómo reconocerlas financieramente.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,