Artículo 241
Artículo 241. Tarifa para las personas naturales residentes y asignaciones y donaciones modales. < Artículo modificado por el artículo 26 de la Ley 1943 de 2018> El impuesto sobre la renta de las personas naturales residentes en el país, de las sucesiones de causantes residentes en el país, y de los bienes destinados a fines especiales, en virtud de donaciones o asignaciones modales, se determinará de acuerdo con la siguiente tabla:
|
Rangos UVT |
Tarifa Marginal |
Impuesto |
|
|
Desde |
Hasta |
||
|
0 |
1090 |
0% |
0 |
|
>1090 |
1700 |
19% |
(Base Gravable en UVT menos 1090 UVT) x 19% |
|
>1700 |
4100 |
28% |
(Base Gravable en UVT menos 1700 UVT) x 28% + 116 UVT |
|
>4100 |
8670 |
33% |
(Base Gravable en UVT menos 4100 UVT) x 33% + 788 UVT |
|
>8670 |
18970 |
35% |
(Base Gravable en UVT menos 8670 UVT) x 35% + 2296 UVT |
|
>18970 |
31000 |
37% |
(Base Gravable en UVT menos 18970 UVT) x 37% + 5901 UVT |
|
>31000 |
En Adelante |
39% |
(Base Gravable en UVT menos 31000 UVT) x 39% + 10352 UVT |
**
Nota de vigencia
Mediante la Sentencia C-481 de 2019 la Corte Constitucional declaró a la Ley de financiamiento como inconstitucional. Su decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2020.
- Artículo modificado por el artículo 26 de la Ley 1943 de 2018, Ley de financiamiento de 2018, publicada en el Diario Oficial No. 50.820 del 28 de diciembre de 2018.
- Artículo modificado por el artículo 5 de la Ley 1819 de 2016, Ley de reforma tributaria estructural de 2016, publicada en el Diario Oficial No. 50.101 de 29 de diciembre de 2016.
- Inciso 1 y Título del artículo modificados por el artículo 8 de la Ley 1607 de 2012, publicado en el Diario Oficial No. 48655 miércoles de 26 de diciembre de 2012.
- Artículo modificado por el artículo 12 de la Ley 1111 de 2016, publicado en el Diario Oficial No. 46.494 de 27 de diciembre de 2006.
- Tabla actualizada por el artículo 1 del Decreto 4715 de 2005, publicado en el Diario Oficial No. 46.134 de 27 de diciembre de 2005.
- Tabla actualizada por el artículo 1 del Decreto 4344 de 2004, publicado en el Diario Oficial No. 45.771 de 23 de diciembre de 2004.
- Artículo modificado por el artículo 63 de la Ley 863 de 2003, publicada en el Diario Oficial No. 45.415 de 29 de diciembre de 2003.
- Tabla actualizada por el artículo 1 del Decreto 3257 de 2002, publicada en el Diario Oficial No. 45.049 de 30 de diciembre de 2002.
- Tabla actualizada por el artículo 1 numeral 1 del Decreto 2794 de 2001, publicada en el Diario Oficial No. 44.659 de 27 de diciembre de 2001.
- Tabla actualizada por el artículo 1 numeral 1 del Decreto 2661 de 2000, publicado en el Diario Oficial No 44.271 de 26 de diciembre de 2000.
- Tabla actualizada por el artículo 1 numeral 1 del Decreto 2587 de 1999, publicada en el Diario Oficial No. 43.828 de 23 de diciembre de 1999.
- Tabla actualizada por el artículo 100 de la Ley 223 de 1995, publicada en el Diario Oficial No. 42.160, de 22 de diciembre de 1995.
Concordancia
- Artículo 6, 7, 8, 9, 10, 11, 242, 243, 244, 314, 329, 330, 331, 332, 333 y 868 del ET.
Doctrina
- Concepto DIAN 028448 de septiembre 30 de 2015.
- Oficio DIAN 0915 de julio 23 de 2018
- Concepto Unificado DIAN 0912 de julio 19 de 2018
Nota del Editor
Los artículos 241 y 242 del ET, modificados con los artículos 26 y 27 de la Ley de financiamiento contienen ahora solo dos tablas (en lugar de 3) para la liquidación del impuesto de renta de las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes. La primera (artículo 241) se utilizará para liquidar el impuesto sobre el valor de renta líquida gravable que arroje la nueva cédula general, pero también se utilizará si la renta presuntiva es mayor a dicha cédula general. La segunda (artículo 242) se utilizará solo para aplicarla en la cédula de dividendos por aquellos gravados y no gravados que correspondan a los ejercicios 2017 y siguientes (ver artículo 246-1 del ET, no modificado con la Ley 1943 de 2018).
Artículo Relacionado
- Ley de financiamiento introduce cambios sobre el impuesto de renta de personas naturales
- Personas naturales que solo tributen sobre renta presuntiva tendrán cero impuesto en el régimen simple
- Impuesto de renta: estas son las novedades que trajo la Ley de financiamiento
- Impuesto de renta de personas naturales: novedades para el año gravable 2019
- Programe su declaración de renta: estas son las personas naturales obligadas a presentarla en 2019
- Cinco novedades del impuesto de renta por el año gravable 2019 para personas naturales
- Impuesto de renta de personas naturales: incremento en el valor a pagar con la Ley de financiamiento
- Personas naturales con ingresos anuales inferiores a 1.400 UVT: ¿les conviene el régimen simple?
- Tratamiento de ingresos en arrendamiento de bienes inmuebles en la declaración de renta
- Régimen simple no le conviene a personas naturales con utilidades anuales inferiores a 1.090 UVT
- Formulario 210 por fracción de año 2019 presenta varios problemas
- Sistema de cedulación a emplear por personas naturales en la declaración de renta año gravable 2018
Miles de profesionales reciben estos y más beneficios con nuestra Suscripción Actualícese.
Horarios de atención Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. jornada continua. Sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.
Únete a nuestras redes sociales
Los logos y nombres comerciales pertenecen a su respectivo dueño.
Respetamos tu privacidad, todos tus datos están seguros con nosotros.
Si deseas darte de baja, puedes administrar tus preferencias de correo aquí
Escríbenos por Whatsapp Ver líneas de atención
