Artículo 31


Artículo 31. Valor de los ingresos en acciones y otros títulos. Siempre que la distribución de dividendos o utilidades se haga en acciones y otros títulos, el valor de los dividendos o utilidades realizados se establece de acuerdo con el valor patrimonial de los mismos.

 

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Nota de vigencia

Doctrina

  • Concepto Dian 095030 de noviembre 18 de 2009
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