Artículo 334. Facultades de fiscalización. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley 1819 de 2016>. Para efectos del control de los costos y gastos, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales adelantará programas de fiscalización para verificar el cumplimiento de los criterios establecidos en el Estatuto Tributario para efectos de su aceptación.
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Nota de vigencia
Concordancia
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