Artículo 334


Artículo 334. Facultades de fiscalización. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley 1819 de 2016>. Para efectos del control de los costos y gastos, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales adelantará programas de fiscalización para verificar el cumplimiento de los criterios establecidos en el Estatuto Tributario para efectos de su aceptación.

 

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Nota de vigencia

  • Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley 1819 de 2016, Ley de reforma tributaria estructural de 2016, publicada en el Diario Oficial No. 50.101 de 29 de diciembre de 2016.
  • Artículo modificado por el artículo 33 de la Ley 1739 de 2014, publicado en el Diario Oficial No. 49374 de 23 de diciembre de 2014.
  • Artículo adicionado por el artículo 10 de la Ley 1607 de 2012, publicado en el Diario Oficial No. 48655 miércoles de 26 de diciembre de 2012.

Concordancia

  • Artículos 329, 330, 331, 339 y 341 del ET.
  • Artículo 1.6.1.17.6 del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016.

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