Artículo 512-19. Base gravable del impuesto nacional al consumo de cannabis.<Artículo adicionado por el artículo 211 de la Ley 1819 de 2016>. La base gravable del impuesto nacional al consumo de cannabis es el valor total del producto final del transformador o responsable del impuesto, sin incluir el impuesto sobre las ventas.
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