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Artículo 545 Multa para quien impida y obstaculice el control del impuesto de timbre < Ajuste de las cifras en valores absolutos en términos de UVT por el artículo 51 de la Ley 1111 de 2006 A partir del año gravable 2007 > El que por cualquier medio impida u obstaculice la vigilancia fiscal de los funcionarios de Hacienda en el recaudo del impuesto de que trata la Ley incurrirá en multas sucesivas de 7 UVT a 360 UVT que impondrán mediante providencia motivada el Director General de Impuestos Nacionales o sus delegados los Administradores o sus delegados
El valor de la UVT aplicable para el 2020 es de $35607 según Resolución 000084 del 28 de noviembre de 2019