Artículo 581
Artículo 581 Efectos de la firma del contador Sin perjuicio de la facultad de fiscalización e investigación que tiene la Administración de Impuestos para asegurar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes responsables o agentes retenedores y de la obligación de mantenerse a disposición de la Administración de Impuestos los documentos informaciones y pruebas necesarios para verificar la veracidad de los datos declarados así como el cumplimiento de las obligaciones que sobre contabilidad exigen las normas vigentes la firma del contador público o revisor fiscal en las declaraciones tributarias certifica los siguientes hechos
1 Que los libros de contabilidad se encuentran llevados en debida forma de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados y con las normas vigentes sobre la materia
2 Que los libros de contabilidad reflejan razonablemente la situación financiera de la empresa
3 Que las operaciones registradas en los libros se sometieron a las retenciones que establecen las normas vigentes en el caso de la declaración de retenciones
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