Artículo 696
Artículo 696 Un requerimiento y una liquidación pueden referirse a renta y ventas Un mismo requerimiento especial podrá referirse tanto a modificaciones del impuesto de renta como del impuesto de ventas y en una misma liquidación de revisión de corrección o de aforo podrán determinarse oficialmente los dos 2 tributos en cuyo caso el fallo del recurso comprenderá uno y otro
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