Artículo 76
Artículo 76. Costo promedio de las acciones. Cuando el contribuyente tuviere dentro de su patrimonio acciones de una misma empresa cuyos costos fueren diferentes, deberá tomar como costo de enajenación el promedio de tales costos.
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Concordancia
- Artículos 33-3, 74, 90, 108-4, 272 y 291 del ET.
- Artículo 1.2.1.17.3 del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016.
Doctrina
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