Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Este es el protocolo de bioseguridad para regresar al trabajo


Actualizado: 24 abril, 2020 (hace 4 años)

Resolución está enfocada a todas las formas de contratación, empleadores y trabajadores que regresarán a labores el 27 de abril de 2020.

El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 000666 del 24 de abril de 2020 por medio del cual adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo del COVID-19.

Está dirigido a empresarios, empleadores y trabajadores, tanto públicos como privados.

La resolución compromete a todas las formas de contratación, vinculación y desempeño de trabajo en el país, al igual que a los entes gubernamentales que requieran desarrollar sus actividades durante el período de emergencia sanitaria.

Delega la responsabilidad de su cumplimiento a empleadores, contratantes de todo orden, a quienes obliga a otras tareas. Entre ellas capacitar a todo el personal en las medidas definidas en los protocolos, garantizar la continuidad de las mismas, disminuir los riesgos frente a la exposición del coronavirus, lo que incluye flexibilización de horarios, turnos y favorecimiento del trabajo remoto.

Se deberán reportar a EPS y ARL los casos sospechosos del COVID-19 y brindar todos los elementos de protección que se requieran para el cumplimiento de las tareas, así como promover entre todos los colaboradores el uso de la aplicación Coronapp para registrar allí su estado de salud.

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