Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Estipulación de jornadas de trabajo para empleados que desarrollan actividades de vigilancia


Actualizado: 19 febrero, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta 

 ¿Con los empleados que desarrollan actividades de vigilancia se pueden pactar jornadas de trabajo de 15 horas diarias? 

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, indica que, por regla general, la jornada de trabajo debe ser como máximo de 8 horas diarias, 48 horas la semana. Sin embargo, se permite que diario se trabajen dos horas más para un total de 12 horas por toda la semana, las cuales deberán ser canceladas con los respectivos recargos de horas extras, recargo nocturno o dominical o festivo según sea el caso.

Expuesto lo anterior, se da repuesta a la consulta informando que a los empleados de vigilancia no los cobija ninguna jornada de trabajo especial. Por lo tanto, deberán cumplir la jornada de trabajo como cualquier otro tipo de persona que se encuentre vinculada mediante un contrato de trabajo.

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