Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Evasión: ¿por qué la cárcel no tiene el visto bueno en el proyecto de reforma tributaria?


Evasión: ¿por qué la cárcel no tiene el visto bueno en el proyecto de reforma tributaria?
Actualizado: 25 octubre, 2022 (hace 1 año)

Si los problemas de evasión y elusión se redujeran al menos a la mitad, no serían necesarias dos o tres reformas tributarias en cada Gobierno.

Cuando una persona oculta al Estado activos o se inventa deudas por un valor mayor a 5.000 millones de pesos, se inicia una acción penal.

La evasión y elusión tributaria continuarán haciendo de las suyas en Colombia. Lo que tanto buscaban el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, y el director de la Dian, Luis Carlos Reyes, a través del proyecto de reforma tributaria, por ahora no será un hecho. Por lo menos, luego del primer debate se sabe que no habrá cárcel para los evasores, pero el panorama podría cambiar.

El gran número de beneficios tributarios y la complejidad de nuestro sistema tributario facilitan la evasión y la elusión de impuestos. Por este par de conductas el país anualmente puede llegar a perder entre 50 y 80 billones de pesos.

El impuesto de renta de personas jurídicas, el IVA y el impuesto de renta para las personas naturales son los tributos por los cuales más recursos se pierden.

En busca del fortalecimiento de las medidas contra la evasión y elusión tributaria

En el blog del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana se recuerda que desde el 2016 se comenzó a penalizar la omisión del deber de declarar y pagar, así como la inclusión de deudas inexistentes en las declaraciones para pagar menos impuestos. Hasta ese momento la evasión y la elusión tributaria eran consideradas faltas administrativas.

En 2018 continuó el fortalecimiento de estas herramientas con un aumento de penas, así como la penalización de nuevos delitos fiscales.

Desde la entidad se ha insistido en endurecer los castigos a los evasores. Hoy la norma brinda la posibilidad de no ir a la cárcel si se pagan intereses y multas:

Pongámoslo nuevamente en palabras sencillas: quien evade impuestos comete un delito que se castiga con cárcel. Sin embargo, quien paga lo que debe sale limpio y se libra de la sanción penal.

“Si es descubierto, en la práctica, el evasor puede evitar la cárcel. Si no es descubierto, sigue burlándose del sistema”

La aplicación de la ley es problemática, pues el evasor juega con las debilidades de nuestro sistema. Si es descubierto, en la práctica, el evasor puede evitar la cárcel. Si no es descubierto, sigue burlándose del sistema.

La reforma tributaria incluye medidas que buscan reducir la evasión y la elusión tributaria: busca el fortalecimiento institucional de la Dian, ajusta algunos instrumentos que ya se encuentran en nuestro ordenamiento jurídico e incorpora nuevas medidas.

Sin embargo, tanto el proyecto de reforma inicial como la versión aprobada en primer debate no modifican los delitos tributarios vigentes de tal forma que haya cárcel efectiva para evasores.

De hecho, este fue un tema que agitó el debate en las reuniones de ponentes sobre el cual no hubo un acuerdo entre los congresistas y el Gobierno nacional, recuerda el observatorio.

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La posibilidad de mejorar y endurecer las penalizaciones de los delitos fiscales enfrentó oposición por parte de distintos sectores políticos.

Los principales argumentos en contra giraron en torno a que la reforma no podía tocar asuntos penales o que las comisiones encargadas de hacerlo no eran las terceras sino las primeras.

Desde el Observatorio Fiscal insistimos en que, independientemente de la comisión en donde se debata, el punto clave en esta discusión es la apremiante necesidad de que haya un castigo penal efectivo para los grandes evasores.

Si los problemas de elusión y evasión se redujeran al menos a la mitad, no serían necesarias dos o tres reformas tributarias en cada Gobierno, como nos tienen acostumbrados.

No habrá cárcel para evasores

Carlos Moyano, contador público con especializaciones en Gerencia Tributaria e Innovación y Pedagogía Universitaria, magíster en Contabilidad y Auditoría de Gestión con énfasis en Contabilidad Internacional, explica que la propuesta de la cárcel para evasores es un tema que le corresponde a la Corte Constitucional.

Lo anterior no significa que si hay documentos fraudulentos en la contabilidad no tengan cárcel, claro que seguirá habiendo cárcel. Lo que sucede es que, si la persona le debe impuestos al Gobierno y los paga, se le perdonará el proceso de judicialización; sin embargo, si la persona no paga los impuestos, comenzará un proceso de judicialización.

Sobre el tema, Luis Carlos Reyes en La W explicó las propuestas con las que se busca cambiar el sistema de sanciones para evasores de impuestos y cómo funciona actualmente:

Cuando una persona oculta al Estado activos o se inventa deudas por un valor mayor a 5.000 millones de pesos, se inicia una acción penalpero si las personas pagan lo que deben más unas acciones y unos intereses se extingue la acción penal y esta persona queda sin antecedentes.

Ahora, si una persona sin mala intención causó un detrimento al Estado y la administración tributaria, se buscará una solución justa. Para los evasores con premeditación o reincidentes se propuso que enfrenten una pena de 4 a 9 años de cárcel.

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