Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Evidencias documentales del revisor fiscal (parte IV)


En la primera y segunda parte de esta serie de editoriales sobre evidencias documentales del revisor fiscal abordé qué debe tener en cuenta un este profesional cuando se dispone a realizar su trabajo de auditoría y cómo debe hacer su planeación. En la tercera parte traté la planeación de las labores de la revisoría fiscal desde el punto de vista de las Normas Internacionales de Auditoría –NIA–. Ahora bien, en esta cuarta parte expondré las bases generales que el revisor debe observar para la planeación de su trabajo.

Elementos a tener en cuenta al planear el trabajo

Para hacer una eficiente planeación del trabajo del revisor fiscal, en primer lugar hay que llevarla a cabo oportunamente, esto es, al comienzo de su período (que normalmente es en los primeros días de abril). Adicionalmente, es necesario verificar las responsabilidades asignadas en la normatividad legal colombiana, principalmente la señalada a continuación:

  • Código de Comercio.
  • Ley 222 de 1995.
  • Ley 43 de 1990.
  • Decreto 2420 de 2015 y sus complementarios, principalmente lo relacionado con NIA, ISAE y NICC.
  • Estatuto anticorrupción (Ley 190 de 1995).
  • Estatuto anticorrupción (Ley 1474 de 2011; artículo 7).
  • Ley 1762 de 2015 (artículo 27).
  • Estatuto Tributario Nacional.
  • Normas tributarias distritales, municipales y departamentales.
  • Control de medio ambiente.
  • Derechos legales de propiedad del software.

La vigilancia del revisor fiscal es preventiva

Debe tenerse en cuenta que la vigilancia que ejerce la revisoría fiscal es fundamentalmente preventiva, que cubre todas las áreas de actividad de la empresa y que su accionar es continuo y permanente.

Periodicidad de labores del revisor fiscal

Algunas labores del revisor fiscal se cumplen rutinariamente todos los meses, como las relacionadas con los registros contables, las conciliaciones bancarias y las retenciones en la fuente; algunas, como el IVA, son bimestrales o cuatrimestrales; otras, como las que tienen que ver con los estados financieros de propósito general son anuales; y muchas otras, como la vigilancia sobre las diversas actividades operacionales, no tienen una periodicidad fija.

Detalle de actividades a realizar por el revisor fiscal

Con base en todo lo expuesto, el revisor fiscal debe:

  • Hacer inicialmente un listado completo de todas las labores que tendrá que realizar.
  • Clasificar tales labores como rutinarias, periódicas u ocasionales, según el caso. En cuanto a aquellas para las que no se tiene una periodicidad fija, deberá programarlas equitativamente dentro de los 12 meses del año (entre abril del presente año y marzo del siguiente).
  • Establecer la agenda detallada de actividades, con fechas, mes a mes, lo más exactas posibles, pero con tiempos ligeramente flexibles (puede ser en una hoja electrónica columnaria).

Así tendrá una visión general de todo lo que tiene que hacer y podrá verificar todos los meses si se ha cumplido o no; en el caso de no haberlo cumplido, deberá asignar los días necesarios para hacerlo a más tardar en el mes siguiente. Lo anterior, teniendo especial cuidado de que los plazos establecidos para la presentación de declaraciones tributarias e informes a entidades de vigilancia y control del Estado se cumplan de manera estricta.

Y, por supuesto que teniendo establecidas las actividades que ha de realizar, tendrá que asegurarse de que contará con los recursos humanos, tecnológicos y materiales para cumplirlas adecuada y oportunamente.

CP. Carlos Humberto Sastoque
carsastoque@yahoo.com

Carlos Humberto Sastoque

Contador Público; coautor de los libros ‘Iniciación a las NIIF’ y ‘Valor Agregado de la Revisoría Fiscal’.

De igual manera, ha ocupado los siguientes cargos: Asesor del Consejo Técnico de la Contaduría y de la Junta Central de Contadores, miembro de la Junta Central de Contadores, Director Ejecutivo del Colegio de Contadores Públicos de Colombia, Vicepresidente Técnico de la Confederación Iberoamericana de Contadores Públicos; Director Ejecutivo y Secretario General de la Confederación de Asociaciones de Contadores Públicos de Colombia, CONFECOP.

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