En esta serie de editoriales sobre las evidencias documentales que debe recoger el revisor fiscal en el desarrollo de su labor me he referido al impacto que tienen las distintas NIA en la profesión de la revisoría fiscal. En esta ocasión analizaré concretamente la NIA 580 sobre manifestaciones escritas.
El revisor fiscal, al igual que el auditor de estados financieros, puede utilizar manifestaciones escritas –que obtiene ante todo de la gerencia de la empresa– para complementar las evidencias válidas y suficientes que le permitan emitir su dictamen sobre los estados financieros, y presentar los otros informes a los que le obligan diversas normas legales vigentes en Colombia.
Con estas “manifestaciones escritas” –cuyos textos muchas veces son sugeridos por el revisor fiscal– la gerencia o dirección del ente económico confirma la existencia de los activos, pasivos y valores patrimoniales que se encuentran en los estados financieros. Adicionalmente, puede hacer uso de “manifestaciones escritas” para referirse a los hechos económicos especiales que han sucedido en la empresa. Para esto se debe tener en cuenta que el revisor fiscal no solo dictamina los estados financieros, sino que además debe informar:
Para obtener los soportes válidos y suficientes para presentar los mencionados informes es conveniente que el revisor fiscal, además de aplicar diferentes y oportunos procedimientos, obtenga “manifestaciones escritas” que le ayuden a elevar la cantidad y la calidad de las otras evidencias documentales obtenidas.
Hechas estas consideraciones, veamos lo que dice la NIA 580:
Esta NIA nos cita algunas definiciones, de las cuales considero fundamental tener en cuenta la relacionada con las manifestaciones escritas, la cual dice que se trata de un “documento suscrito por la dirección y proporcionado al auditor con el propósito de confirmar determinadas materias o soportar otra evidencia de auditoría” (párrafo 7 de la NIA 580).
A continuación, la NIA 580 aclara que “las manifestaciones escritas no incluyen los estados financieros, las afirmaciones contenidas en ellos, o en los libros y registros en los que se basan” (párrafo 7 de la NIA 580).
Las grandes firmas de auditoría han acostumbrado a utilizar manifestaciones escritas –firmadas por el representante legal de la empresa auditada– como parte de las evidencias de su trabajo. Una de ellas es la denominada “carta de gerencia”, mediante la cual el representante legal del ente asume la responsabilidad por la existencia real de algunos activos y pasivos y, muchas veces, por el cumplimiento de la normatividad legal en las operaciones de la empresa.
Según la NIA 580, “las manifestaciones escritas constituyen información necesaria que el auditor requiere, con respecto a la auditoría de los estados financieros de la entidad. En consecuencia, las manifestaciones escritas constituyen evidencia de auditoría, similar a las respuestas a indagaciones” (párrafo 3 de la NIA 580).
Es necesario que tengamos en cuenta que, aunque las manifestaciones escritas otorgan cierto grado de evidencia para soportar la opinión del auditor, por sí solas no se constituyen en evidencia válida y suficiente sobre los temas a los que se refieren. Por tanto, es indispensable que el auditor aplique procedimientos adicionales para adquirir dichas evidencias que le permitan emitir –con certeza– su opinión sobre los estados financieros auditados.
En síntesis, las manifestaciones escritas proporcionadas por el ente auditado no constituyen evidencia válida y suficiente, por lo cual el auditor está obligado a obtener sus propias evidencias.
Cuando el auditor les pide a los directores de la empresa –o a los responsables de su gobierno, en algunos casos– que suministren manifestaciones escritas sobre determinados hechos reflejados en los estados financieros, lo hace con el objetivo de obtener mayor certeza sobre tales hechos o sobre “afirmaciones concretas contenidas en los estados financieros”.
Pero lo anterior no significa que el auditor no deba conseguir sus propias evidencias válidas y suficientes.
CP. Carlos Humberto Sastoque
carsastoque@yahoo.com
Contador público, coautor de los libros ‘Iniciación a las NIIF’ y ‘Valor Agregado de la Revisoría Fiscal’.
De igual manera, ha ocupado los siguientes cargos: asesor del Consejo Técnico de la Contaduría y de la Junta Central de Contadores, miembro de la Junta Central de Contadores, director ejecutivo del Colegio de Contadores Públicos de Colombia, vicepresidente técnico de la Confederación Iberoamericana de Contadores Públicos, director ejecutivo y secretario general de la Confederación de Asociaciones de Contadores Públicos de Colombia, CONFECOP.
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