Más de 1.600 empresas que no entregaron sus estados financieros correspondientes al 2016 están localizadas en Bogotá. De estas sociedades 1.250 fueron requeridas con pliego de cargos. Durante el último año la Superintendencia también multó a más de 600 empresas, por incumplir con esta obligación.
La Superintendencia de Sociedades hizo un llamado a los empresarios para que recuerden la obligación de remitir sus balances oportunamente y así evitar sanciones. En el 2017, un total de 2.556 empresas no enviaron sus estados financieros correspondientes al ejercicio del año anterior, dentro del plazo establecido por la entidad, cifra que representa cerca del 10 % del universo de las empresas que esta entidad vigila.
Esta superintendencia ha declarado que más de 1.600 empresas incumplieron con la entrega de los estados financieros correspondientes al 2016, están localizadas en Bogotá. De estas sociedades, 1.250 fueron requeridas con pliego de cargos.
En cumplimiento de sus competencias de control y vigilancia, durante el último año la Superintendencia también multó a más de 600 empresas, por incumplir con esta obligación.El período de transición para el envío de los balances bajo Normas Internacionales de Información Financiera ya se cumplió. En consecuencia, a partir de este año todas las compañías del sector real que tienen la obligación deben reportar su situación contable bajo las normas mencionadas.
Cabe recordar que por medio de la Circular única 201-000004 de noviembre 10 de 2017, la Superintendencia de Sociedades fijó las condiciones y plazos en que las sociedades vigiladas, controladas e inspeccionadas de los grupos 1 y 2 de la convergencia a normas internacionales (sin importar si se encuentran en condiciones normales de operación o en procesos de liquidación voluntaria) tendrán que remitir a dicho órgano de control tanto la información sobre sus estados financieros básicos del año 2017 como su informe de prácticas empresariales. Los plazos son los siguientes:
Las sociedades comerciales que a diciembre 31 de 2017 tengan la condición de vigiladas y/o controladas ante la Supersociedades, y que pertenezcan a los grupos 1 y 2 de la convergencia a normas internacionales, estarán obligadas a entregar los reportes mencionados en dicha circular. Lo mismo harán aquellas sociedades que solo tengan la condición de inspeccionadas ante la Supersociedades que pertenezcan al grupo 1 o 2, no se encuentren en situación de liquidación voluntaria y a las cuales se les solicite mediante correo urbano la entrega de la información.
El numeral 2 de la Circular 201-000004 de 2017 indica que las sociedades obligadas a entregar el informe de prácticas empresariales por el año 2017 deberán hacerlo entre el 7 y el 21 de mayo de 2018 debiendo utilizar para su elaboración la opción 42 del software STORM USER. Cuando el informe esté generado en un archivo .STR, deberá entregarse virtualmente en la zona especial del portal de la Supersociedades, sin que se tengan que entregar otros documentos adicionales en PDF.
Los otros plazos que deben tenerse presentes para cumplir con la obligación de reporte de información financiera ante la Supersociedades son: