Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Exigencia de laborar en horarios excesivos: ¿constituye acoso laboral?


Exigencia de laborar en horarios excesivos: ¿constituye acoso laboral?
Actualizado: 15 julio, 2019 (hace 5 años)

El artículo 7 de la Ley 1010 de 2006 señala de manera específica las conductas que constituyen acoso laboral. De esta manera, en dicho artículo se enuncian 14 situaciones que deben ser atendidas con especial cuidado por parte de empleadores y colaboradores.

Al momento de presentarse un indicio de una situación de acoso laboral es importante remitirse a lo expresado en la Ley 1010 de 2006, pues esta norma señala las medidas para prevenir, corregir y sancionar este tipo de situaciones.

Modalidades en las que puede presentarse

Según las disposiciones contempladas en la norma en referencia, el acoso laboral puede darse, entre otras, bajo las siguientes modalidades:

  1. Maltrato laboral.
  2. Persecución laboral.
  3. Discriminación laboral.
  4. Entorpecimiento laboral.
  5. Inequidad laboral.
  6. Desprotección laboral.

En este orden de ideas, el literal j) del artículo 7 de la norma en referencia señala que la exigencia de trabajar en horarios excesivos respecto a la jornada laboral contratada o legalmente establecida puede constituir acoso laboral. Si deseas profundizar en este tema y conocer a detalle las particularidades de cada una de las 14 situaciones que enuncia este artículo, te invitamos a ver la sesión de actualización: Conductas que constituyen acoso laboral según la Ley 1010 de 2006, a la cual podrás acceder adquiriendo nuestra Suscripción Platino.

Ten presente que estar actualizado en cada uno de estos temas te puede ayudar a evitar situaciones más graves, pues la ocurrencia de una conducta de acoso laboral puede implicar multas que van desde los dos (2) hasta los (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Igualmente, es necesario precisar que las multas a las que hacemos referencia no solo recaen sobre las personas que las realicen, sino también sobre los empleadores que las toleren.

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