Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Exógena 2019: reporte de las donaciones efectuadas a una Esal


Actualizado: 16 junio, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cómo debe reportarse en el formato 1001 de exógena 2019 el valor de un gasto por la donación a una Esal sobre el cual se hizo uso del beneficio establecido en el artículo 257 del Estatuto Tributario, es decir, solo el 25 % se tomó como un descuento al impuesto de renta?

Pregunta resuelta junio 11 de 2020

Las entidades del régimen tributario especial son aquellas que figuran en los artículos 19 y 19-4 del Estatuto Tributario, las cuales fueron reglamentadas a través del Decreto 2150 de 2017, expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

En este mismo espacio, con la intervención del contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, se podrán despejar dudas respecto al tratamiento correcto de las donaciones efectuadas a una Esal al momento de reportar la información exógena, la cual, al tratarse del año gravable 2019, debe ser presentada atendiendo las disposiciones establecidas principalmente en la Resolución 011004 de octubre de 2018.

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