Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Expedido decreto que facilita comercio a través de los OEA


Actualizado: 25 septiembre, 2015 (hace 9 años)

El gobierno nacional expidió el Decreto 1894 “Por el cual se modifica parcialmente y se adiciona el Decreto 3568 de 2011” del programa de Operador Económico Autorizado en Colombia, OEA.

Con la expedición de este Decreto, el Programa del Operador Económico Autorizado contará con nuevas categorías, condiciones ajustadas para demostrar un historial de cumplimiento satisfactorio, nuevos beneficios, reducción en las etapas de la solicitud y estará ajustado a los estándares internacionales.

Para hacer posible estos cambios, el pasado 22 de septiembre, el gobierno nacional expidió el Decreto 1894 “Por el cual se modifica parcialmente y se adiciona el Decreto 3568 de 2011” del programa de Operador Económico Autorizado en Colombia, OEA.

A continuación se mencionan cambios representativos que permitirán a un mayor número de empresarios acceder a este programa y así incentivar las exportaciones e importaciones.

1. Se establecen categorías que permiten a los interesados elegir voluntariamente cuáles son los requisitos que pueden cumplir y así obtener los beneficios respectivos.

2. Se elimina la condición taxativa de sanciones tributarias, aduaneras y cambiarias prevista en el numeral 8 del Artículo 6 del Decreto 3568 del 2011 y se reemplaza por la calificación del sistema de análisis de riesgos.

3. Se otorga el recurso de reposición y en subsidio el de apelación frente a la calificación del sistema de análisis de riesgos de la DIAN.

4. Se reduce la revisión de antecedentes de cancelación de autorizaciones para accionistas, a aquellos que tengan una participación individual superior al 30%

5. Se elimina la inhabilidad de 1 año en caso de negación de la solicitud del OEA.

6. Se elimina el trámite de concepto de viabilidad de la Comisión Intersectorial y se designa un comité técnico.

Fuente: DIAN.

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