Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Extensión de licencia por luto


Actualizado: 6 marzo, 2017 (hace 7 años)

¿La licencia por luto puede extenderse en caso de que el trabajador no se recupere emocionalmente?

La Dra. Natalia Jaimes indica que en al artículo 57, numeral 6 del Código Sustantivo del Trabajo se contemplan las reglamentaciones sobre las cuales el empleador debe conceder las licencias reglamentarias. La norma estima que se deben conceder como mínimo 5 días hábiles por concepto de licencia por luto y estos, por ley, deben ser remunerados. Si por alguna situación el empleado llega a necesitar más días, quizá porque la persona que falleció se encuentra lejos, puede acordar con el empleador que se le extienda la licencia. Recordemos que durante los períodos de licencia no se reconoce el auxilio de transporte, beneficio económico que es recibido por los empleados que devengan hasta dos salarios mínimos.

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