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Factura electrónica: ¿de qué forma quedó plasmada en la reforma tributaria?


Factura electrónica: ¿de qué forma quedó plasmada en la reforma tributaria?
Actualizado: 18 noviembre, 2016 (hace 7 años)

Desde el punto de vista de la Comisión de Expertos, el uso de servicios virtuales en Colombia es escaso. En la DIAN se asegura que con el sistema de facturación electrónica será posible realizar una fiscalización más eficiente.

El 31 de octubre de 2016, el director de la DIAN, Santiago Rojas, confirmó que se concluyó el plan piloto y, por consiguiente, dentro de dos años el manejo de la factura electrónica en el país será obligatorio. Ya no habrá excusas para seguir eludiendo el asunto.

“El pasado 27 de octubre terminamos el piloto y ahora el reto es que vayamos buscando que los sectores utilicen más la facturación electrónica con el fin de combatir la evasión. El próximo año estaremos viendo la necesidad de obligar a algunos sectores a utilizar la factura y la idea es que en dos años ya estemos con la totalidad de la cobertura”, confirmó Rojas.

Facturación electrónica: lo que dijo la Comisión de Expertos y la DIAN

El informe sobre la reforma tributaria estructural que elaboró la Comisión de Expertos señaló que el uso de servicios virtuales en nuestro país es escaso, en parte porque “el gasto en tecnologías de la información como porcentaje del total de gastos de la DIAN es apenas de 5,3%”.

En consecuencia, agrega el informe, “el uso de pagos electrónicos en los cuales el contribuyente puede hacer él mismo la totalidad de la operación a través de internet u otros medios especializados es bajo en Colombia: 10%, frente a 95% en Chile, 49% en México y 51% en Brasil”.

“si la evasión con la facturación está entre 20% y 25%, la factura electrónica puede ayudar a reducirla en un 50%”

Leonardo Sicard, director de fiscalización en la DIAN, asegura que con este sistema podrá efectuarse un proceso fiscal más eficiente, de tal manera que si la evasión con la facturación está entre 20% y 25%, la factura electrónica puede ayudar a reducirla en un 50%.

Sicard manifestó que en Colombia, oficialmente, hay 350.000 facturadores formales. «Aspiramos que en unos años -2018, 2019- podamos tenerlos a todos, grandes y pequeños, de manera que el ciudadano llegue a comprar a un almacén un electrodoméstico y su factura esté en la DIAN antes que él la tenga en la mano», según declaró en El Tiempo.

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Lo que quedó plasmado en el proyecto de reforma tributaria

El artículo 265 del proyecto de ley de la reforma tributaria modificaría el artículo 616-1 del ET, el cual hace referencia a la factura electrónica. La factura de venta o documento equivalente se expedirá en las operaciones realizadas con comerciantes, importadores o prestadores de servicios, así como en las ventas a consumidores finales.

La factura de venta y los documentos equivalentes son sistemas de facturación. La factura de talonario o de papel y la electrónica se consideran para todos los efectos como una factura de venta.

La factura electrónica deberá ser validada, previo a su expedición, por un proveedor autorizado por la Administración Tributaria, según lo dictaminaría el artículo 616-4 del ET, quien a su vez tendrá que realizar la transmisión electrónica de la misma a la DIAN, conforme lo indique el reglamento que expida el Gobierno Nacional. En todo caso, la expedición de la factura corresponde al obligado a facturar.

El Gobierno podrá reglamentar la factura de venta y los documentos equivalentes indicando el sistema de facturación que deba adoptarse, junto con los obligados a expedirlos, requisitos, condiciones, así como la forma en que se entiende cumplida la obligación de su generación y expedición.

También podrá reglamentar los procedimientos, condiciones y requisitos para la autorización de los proveedores de medios físicos, electrónicos o tecnológicos a elaborar, validar o transmitir facturas de venta o documentos equivalentes, así como dictaminar las razones que impliquen la pérdida de dicha autorización.

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