Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Facturación de IVA por suministros de papelería por parte de una fundación


Actualizado: 5 mayo, 2017 (hace 7 años)

¿Una fundación que va a suministrar los implementos de papelería a un colegio, debe facturar con IVA?

Resuelta 19 de Abril de 2017

El Dr. Diego Guevara señala que las fundaciones tienen un tratamiento especial frente al impuesto de renta, pero en relación al IVA, se aclara que si este tipo de entidades realizan operaciones gravadas, no existe ningún tipo de exoneración.

Lo anterior lo establece el Decreto 4400 de 2004, compilado en el Decreto 1625 de octubre de 2016, norma que se refiere a:

“Parágrafo. Todos los contribuyentes pertenecientes al Régimen Tributario Especial son agentes de retención en la fuente por concepto del impuesto sobre la renta y complementarios, impuesto de timbre nacional y por el impuesto sobre las ventas (IVA), de conformidad con las disposiciones legales vigentes. Igualmente son responsables del Impuesto sobre las ventas cuando realicen las actividades o hechos generadores de dicho impuesto.”

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