Un contribuyente que vende mercancías o presta servicios soportándolos con tiquetes de máquina registradora por el sistema POS, podrá seguir expidiéndolos y solo utilizaría la facturación electrónica cuando algún comprador del régimen común del IVA necesite tener soporte de la compra.
Para acceder a este contenido debes tener una suscripción o haberlo comprado de manera individual.
Si ya tienes una suscripción Actualícese, solo debes iniciar sesión para que puedas acceder a la información, si aún no cuentas con una suscripción, te invitamos a que conozcas todos los beneficios de ser parte de nuestra comunidad AQUÍ.
Si te interesa solo comprar este artículo, lo puedes hacer en el siguiente enlace:
Comprar este artículo