Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Facturación en convergencia con Estándares Internacionales y la Ley 1819 de 2016


Facturación en convergencia con Estándares Internacionales y la Ley 1819 de 2016
Actualizado: 7 marzo, 2018 (hace 6 años)

En relación a la facturación, con la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016 el artículo 308 modifica el artículo 616-1 del ET, el cual trata sobre la factura o documento equivalente. La factura electrónica solo se entenderá expedida cuando sea validada y entregada al adquirente.

Frente a la facturación es indispensable señalar que la obligación de llevar contabilidad no está vinculada con la de facturar, información que se puede evidenciar inspeccionando el artículo 615 del ET y los artículos 1.6.1.4.1 y 1.6.1.4.2 del DUT 1625 de 2016 en los que se menciona a los obligados y a los no obligados a facturar. En estas normas se establece que las personas obligadas a facturar son, además de los comerciantes, las personas que ejerzan profesiones liberales pertenecientes al régimen común y las personas o entidades que vendan bienes producto de la actividad agrícola o ganadera.

Facturación en convergencia con Estándares Internacionales y la Ley 1819 de 2016Con la intención de identificar los cambios en la facturación, la incidencia de las normas internacionales, la nueva regulación para imponer la cláusula de los establecimientos por facturación y sus demás sanciones tributarias, el Dr. Monclou, especialista en revisoría fiscal y en derecho tributario internacional, estará realizando una capacitación presencial en la ciudad de Bogotá el 17 de abril de 2018.

Jaime Hernan Monclou Pedraza

Facturación en convergencia con Estándares Internacionales y la Ley 1819 de 2016

Contador público titulado de la Universidad Central, consultor con especializaciones en revisoría fiscal de la Universidad Piloto de Colombia y en derecho tributario internacional de la Universidad Externado de Colombia, miembro, consejero directivo del Instituto Colombiano de Derecho Tributario –ICDT– y del Instituto Nacional de Contadores Públicos –INCP–. Docente de pregrados y posgrados de universidades, tales como: Pontificia Universidad Javeriana, Universidad de la Salle, Universidad Piloto de Colombia, Universidad Surcolombiana del Huila y Universidad Libre de Pereira. Amplia experiencia en seminarios y conferencias dictadas con reconocidas entidades desde 1997 hasta el 2016.

Con este tipo de capacitación presencial y práctica los asistentes tendrán la oportunidad de contrastar los elementos teóricos con ejercicios prácticos realizados por el conferencista durante las 8 horas destinadas al mismo e interactuar con él para dar respuesta a todas sus preguntas. Además, tendrá acceso a la grabación de la transmisión en línea, herramientas descargables, respuestas a las 10 preguntas más frecuentes sobre el tema y un informe especial digital sobre el tema de renta de personas jurídicas.  Finalmente, quienes tomen esta conferencia podrán tener su respectiva certificación de asistencia.

Actualícese lanzó a la venta esta capacitación con un precio de lista de $ 639.900; pero para quienes deseen adquirirlo, lo pueden hacer con los descuentos de compra anticipada (hasta del 40%) y los descuentos permanentes para los suscriptores digitales y Oro. Para separar tu cupo, puedes ingresar aquí.

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