¿Qué se entiende por fiducia mercantil y encargo fiduciario?
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, aclara que el artículo 1226 del Código de Comercio habla acerca de la fiducia mercantil. Al respecto, es de anotar que legalmente los bienes salen del patrimonio del fiduciante, pero desde el punto de vista contable, aunque se haya constituido un patrimonio autónomo, la entidad sigue controlando el bien, obteniendo sus respetivos beneficios y asumiendo los riesgos. Lo anterior se considera uno de los grandes cambios que trajo la nueva norma de información financiera.
Finalmente, se menciona que cuando se habla de encargos fiduciarios no se hace traslado de la sociedad.