Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Fijan contenido y características técnicas que debe cumplir la información solicitada por la UPGG


Actualizado: 19 julio, 2018 (hace 6 años)

La Unidad de Pensiones y Parafiscales dio a conocer la Resolución 0922 de 2018, por la cual se fija el contenido y las características técnicas que debe cumplir la información solicitada por la unidad.

La Unidad de Pensiones y Parafiscales emitió la Resolución 0922 de 2018, por la cual desarrolla y fija el contenido, condiciones y características técnicas que debe cumplir la información que suministren los aportantes empleadores y/o cooperativas, sean personas naturales y/o jurídicas, obligadas o no a llevar contabilidad.

Los sujetos requeridos por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, deberán presentar un “reporte de nómina detalla por el trabajador activo o retirado, balance de prueba, auxiliares contables, auxiliares cuentas contables grupo activo relacionados con pagos a trabajadores y/o asociados, auxiliares cuentas contables grupo pasivo relacionados con pagos a trabajadores y/o asociados”, entre otros documentos, los cuales se deben presentar con el contenido y características técnicas establecidas en la presente resolución.

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