Nuevo criterio Dian: firma de contador en declaraciones de consorcios y uniones temporales
En el Concepto 0001494 del 19 de agosto de 2026, La Dian concluyó que la obligación de llevar contabilidad no tiene carácter imperativo para los consorcios y uniones temporales, sino potestativo. Por tanto, la Firma de contador en declaraciones de consorcios y uniones temporales solo será exigible si sus miembros deciden llevar contabilidad voluntariamente. Este contenido solo está disponible para Suscriptores. Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí. Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
