Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Firma del contador público en la declaración del INC


Actualizado: 9 agosto, 2022 (hace 2 años)

Responde conferencista: Diego Guevara Madrid.

¿Un contribuyente que obtuvo un patrimonio bruto en el AG 2021 de $3.905.000.000 se encuentra obligado a presentar la declaración del INC con la firma del contador público?

Pregunta resuelta 28 de julio de 2022.

Los contribuyentes que declaren en 2022 INC, IVA y retención en la fuente requerirán la firma del contador público, siempre que cumplan alguno de los casos descritos a continuación:

  1. Su patrimonio bruto fiscal a diciembre 31 de 2021 fue superior a 100.000 UVT (100.000 × $36.308 = $3.630.800.000). Es por este criterio de referencia que es muy importante tener definido el patrimonio bruto de 2021 de forma temprana, pues, si se cumplió con ese tope, la primera declaración que llevaría firma de contador es la de retención en la fuente de enero de 2022.
  2. Sus ingresos brutos fiscales del año 2021 (antes de restar devoluciones en ventas o ingresos no gravados), y teniendo en cuenta tanto los que forman rentas ordinarias como los que forman ganancias ocasionales, fueron superiores a 100.000 UVT ($3.630.800.000).
  3. Cuando no se cumpla ninguno de los dos requisitos anteriores, pero la declaración del IVA de obligado a llevar contabilidad, por el respectivo bimestre, cuatrimestre o año arroje saldo a favor. Al respecto, debe tenerse presente que las declaraciones anuales del IVA del ejercicio 2022 solo aplicarán para aquellos contribuyentes que se acojan al régimen simple.

En este video el conferencista Diego Guevara Madrid indica las condiciones en que el responsable del INC deberá presentar su declaración con la firma del contador público, según lo descrito en el artículo 512-14 y el numeral 6 del artículo 602 del Estatuto Tributario.

Esto y mucho más puedes encontrar en nuestro análisis Impuesto nacional al consumo –INC–: generalidades sobre este tributo.

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