Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Flash Tributar: Certificados de retención en la fuente por medio electrónico – J. Orlando Corredor Alejo


Documentos TRIBUTAR

Enero 21 de 2008
FLASH 264
Redacción: J. Orlando Corredor Alejo

CERTIFICADOS DE RETENCIÓN EN LA FUENTE POR MEDIO ELECTRÓNICO

El artículo 381 del Estatuto Tributario establece la obligación de expedir anualmente un certificado de retenciones, que debe contener los requisitos allí indicados. El literal g) del citado artículo establece, dentro de los requisitos, que el respectivo certificado debe tener la firma del pagador o agente retenedor.

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