Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Flash Tributar: Declaración de retenciones sin pago tendrán validez legal – J. Orlando Corredor Alejo


Documentos TRIBUTAR

Agosto 8 de 2008
FLASH 281
Redacción: J. Orlando Corredor Alejo

DECLARACIÓN DE RETENCIONES SIN PAGO TENDRÁN VALIDEZ LEGAL

La ley 1066 de 2006 determinó la obligación legal de presentar las declaraciones de retención en la fuente con pago, so pena de tenerse como no presentadas. En efecto, el artículo 580 literal e) del ET, adicionado por la citada Ley 1066, determina que no se entenderá cumplido el deber de presentar la declaración de retención, cuando la declaración se radique sin pago.

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