Documentos TRIBUTAR
Enero 12 de 2010
FLASH 341
Redacción: J. Orlando Corredor Alejo
Plantilla para Documentos
DEDUCCIÓN DE ACTIVOS PRODUCTIVOS MENORES
La doctrina oficial de la DIAN venía sosteniendo que la adquisición de activos fijos menores (inferiores a 50 UVT), cuya depreciación se solicitara en el mismo año, no daba derecho a la deducción especial por activos reales productivos. En el concepto 21915 y 86136 ambos de 2008, señalaba que la deducción era procedente únicamente si el activo se depreciaba por línea recta y atendiendo la vida útil de 5 ó 10 años, según el tipo de activo. Como los activos menores se pueden depreciar en el mismo año, se concluía en esa doctrina que la depreciación no era línea recta, y la vida útil resultaba inexistente por constituir un gasto y no un activo.
Tomado de : www.tributarasesores.com.co