Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Flash Tributar: Renueve su firma digital: Que no lo sorprenda el vencimiento – J. Orlando Corredor Alejo


Documentos TRIBUTAR

Enero 16 de 2012
FLASH 434

Redacción: J. Orlando Corredor Alejo

Plantilla para Documentos

RENUEVE SU FIRMA DIGITAL: QUE NO LO SORPRENDA EL VENCIMIENTO

Apropósito de la obligación de presentar las declaraciones por medio virtual (véase nuestro DOCUMENTO TRIBUTAR-io 427 de diciembre 13 de 2011), queremos hacer propicio el espacio del presente documento para recordar que las actuales reglas de la DIAN disponen que la firma digital tiene una vigencia de tres (3) años. En efecto, la resolución 12717 de diciembre 27 de 2005 señala en su artículo 2º que los certificados de firma digital emitidos por la DIAN tendrán una vigencia de tres (3) años contados a partir de su generación.

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Tomado de : www.tributarasesores.com.co

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