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Por decisión de la Corte, los fondos de pensiones siguen operando bajo la Ley 100 de 1993 y todavía no funcionan como Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual.
La reforma pensional del Gobierno Nacional está en el limbo, a la espera del estudio de exequibilidad de la ley donde se deberá definir si hubo o no vicio de trámite en el Congreso.
Aunque se esperaba que el nuevo sistema pensional comenzara a operar desde el 1 de julio de 2025, la Corte suspendió, con el Auto 841 de 2025, la reforma del Gobierno, menos el parágrafo transitorio del artículo 12 y del artículo 76.
Por esta decisión, los fondos de pensiones privados continúan operando bajo la Ley 100 de 1993 y todavía no funcionan como Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual, Accai.
El principal problema está en los trámites administrativos que provocaría la exequibilidad de la norma, puesto que las entidades del sistema no privadas, como Colpensiones, el Banco de la República y el Ministerio de Hacienda, no cuentan con una ley que les permita contratar para empezar a desarrollar las operaciones de la reforma.
“Nosotros le pedimos a la Corte Constitucional que, si toman una decisión de fallo que declara exequible la reforma pensional, nos den mínimo dos meses a partir de esa fecha para implementarla. También solicitamos que comience un primero de mes, porque, si no, las cotizaciones de esos días quedarían en dos sistemas diferentes”, explicó Andrés Velasco, presidente de Asofondos.
El Banco de la República ha pedido un plazo de tres meses, mientras que los operadores de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, Pila, solicitaron un semestre.
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