Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Formas de contratación no pueden violar derechos de trabajadores


Actualizado: 20 agosto, 2019 (hace 5 años)

Para la ministra del trabajo de Colombia, la transformación tecnológica y la flexibilidad de los jóvenes que quieren trabajar desde casa, hacen que se evalúe las formas de contratación.

Durante la 75ª Asamblea de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia -Andi-, la ministra del trabajo, Alicia Arango, destacó los temas coyunturales alrededor del empleo formal, flexibilidad laboral, diálogo social, incapacidades y estabilidad laboral reforzada y formación de calidad y con pertinencia.

Sobre la política de empleo formal, la titular de la cartera laboral dijo que se está trabajando por ofrecer mejores servicios para la población trabajadora, con énfasis en aquellos que enfrentan barreras para acceder al mercado laboral y a la seguridad social y así, propender su formalización empresarial y laboral.

Sobre el cambio del mundo laboral, ratificó que la forma de contratación no puede violar los derechos de los trabajadores: “La transformación tecnológica, la flexibilidad de los jóvenes que quieren trabajar desde su casa y el mundo cambiante, requiere darle un poco de posibilidades a las personas de trabajar de forma distinta, pero respetando los derechos de los trabajadores, lo cual será siempre nuestra prioridad”, manifestó.

Recalcó que “se debe asegurar la formación de competencias pertinentes y de calidad para el empleo a través del fortalecimiento de sus habilidades y el reconocimiento de saberes que contribuyan a una mayor productividad y que se adapte a las necesidades del sector productivo del país en competencias para el empleo y para ello, los empresarios tienen que decirnos, qué tipo de trabajador necesita”.

Fuente: Ministerio del Trabajo.

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