Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Formato 2516: detalles sobre su uso y diligenciamiento


Actualizado: 12 mayo, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿El formato 2516 se debe presentar dependiendo de las nuevas fechas para las declaraciones de renta de personas jurídicas? ¿Este formato debe ser diligenciado bajo algún orden específico?

Pregunta resuelta mayo 07 de 2020

Los contribuyentes obligados a llevar contabilidad deben presentar la conciliación fiscal en el formato 2516, pues así lo establece el artículo 772-1 del Estatuto Tributario –ET–, para evitar la sanción de que trata el artículo 655 del ET.

Cómo usar o diligenciar el formato 2516 de manera correcta y práctica son inquietudes que a continuación serán despejadas por el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, destacado en este medio por su amplia trayectoria profesional, por desempeñarse, entre otros roles, como conferencista de Actualícese.

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