Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Formatos de exógena a presentar por aquellos que practicaron retenciones


Formatos de exógena a presentar por aquellos que practicaron retenciones
Actualizado: 9 mayo, 2017 (hace 7 años)

Aquellos que fueron agentes de retención durante el 2016 deben entregar por lo menos el formato 1001. Lo anterior, sin desconocer que si cumplen ciertas condiciones estipuladas en la Resolución 000112 de 2015 también tendrían la obligación de presentar los formatos 1004, 1011, 1012, 2275 y/o 2276.

Respondamos a la siguiente pregunta: Quienes están en la obligación de presentar información exógena por las retenciones practicadas, ¿deben presentar todos los formatos?

Para la presentación de información exógena por el año gravable 2016, según lo contemplado en el inciso primero del literal c) del artículo 17 de la Resolución 000112 de octubre 29 2015 aquellos que fueron agentes retenedores durante ese año gravable conforme a las condiciones señaladas en el literal c) del artículo 4 de esa misma resolución deben entregar por lo menos el formato 1001 v.9 en el que se reportan los pagos y abonos en cuenta y retenciones practicadas a terceros, información contenida en los literales b) y e) del artículo 631 del ET.

Por otra parte el inciso segundo del artículo 17 de la Resolución 000112 de 2015, adicionado por el artículo 4 de la Resolución 000084 de diciembre 30 de 2016, establece que quienes sean personas jurídicas, sociedades y asimiladas obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario deben entregar otros formatos por dicho periodo gravable (conforme a la información contenida en los literales d) y k) del artículo 631 del ET), los cuales se enuncian a continuación:

  • Formato 1004 v.7 en el que se registra información de los beneficiarios de pagos que dan derecho a descuentos tributarios en la declaración de renta.
  • Formatos 1011 v.6, 1012 v.7 y 2275 v.1 a través de los cuales se suministran valores relacionados con las declaraciones tributarias de renta e IVA.

También es válido tener presente que según lo dispuesto en el artículo 29 de la Resolución 000112 de 2015 aquellos empleadores que hayan expedido el formulario 220 Certificado de ingresos y retenciones para personas naturales empleados año gravable 2016 deben reportar en el formato 2276 v.1 la información contenida en dicho certificado.

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