Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Frente a grave calamidad doméstica, al empleado no se le puede descontar del salario


Frente a grave calamidad doméstica, al empleado no se le puede descontar del salario
Actualizado: 11 febrero, 2014 (hace 10 años)

Tampoco se le puede exigir que reponga el tiempo en una jornada distinta a la habitual. La Corte Constitucional afirma que es inhumano y va en contravía de la solidaridad. Tenga en cuenta que grave calamidad es muy diferente a calamidad doméstica.

Brevemente responsamos la siguiente inquietud. ¿Es posible que me descuenten un día por faltar porque mi hija estaba enferma?

Al leer el art. 57 del Código Laboral este hace referencia a las obligaciones especiales del empleador. De igual manera habla sobre la ausencia del trabajador por grave calamidad doméstica. Y como su nombre lo dice no es una mera calamidad sino que la norma cita la palabra grave.

¿Qué significa una calamidad doméstica? Son aquellas que afectan el entorno del trabajador como por ejemplo, el núcleo familiar. No es lo mismo que se enferme el hijo, mamá, papá a un primo en segundo grado. Hay que ver la situación para que sea calificada como grave calamidad.

Antes, hasta aproximadamente el año 2009 la norma anteriormente mencionada dice que es obligatorio dar el permiso para las licencias de grave calamidad doméstica, pero el empleador podía descontar del salario el tiempo que el trabajador se ausentaba, o dice la norma, que el trabajador reponga el tiempo en una jornada distinta a la habitual.

Pero resulta que desde el año 2009, la Corte Constitucional determinó que era inhumano e iba en contravía de la solidaridad que a una persona que estaba frente a una grave calamidad doméstica en su entorno familiar, le dijeran: «vaya pero no le vamos a pagar el sueldo», «vaya pero tiene que reponer el tiempo el domingo o festivo».

Se determinó entonces que es obligatorio permitir la ausencia del trabajador por la grave calamidad doméstiva, pero prohibió que se le descontara el sueldo al trabajador o que se le exigiera que repusiera ese tiempo.

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