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Frente a periodo de debilidad manifiesta, Ley Clopatofsky dice que despido es ineficaz


Frente a periodo de debilidad manifiesta, Ley Clopatofsky dice que despido es ineficaz
Actualizado: 8 abril, 2014 (hace 10 años)

Es menester que por el estado de salud del empleado se acuda al permiso del inspector de trabajo y él decide si se termina el contrato laboral o no. Cuando no existe el permiso, el despido se considera ineficaz más no ilegal.

Observemos el siguiente caso. Accidente laboral- fractura tibia y peroné con osteosíntesis con incapacidad de más de 180 días, atención ARL- La empresa me despide por terminación obra o labor, sigo con afectación y mucho dolor, no hubo permiso del Ministerio de Trabajo. ¿Qué puedo hacer? ¿Puedo presentar una tutela contra la empresa? ¿Solicito indemnización? Tengo una calificación de 13,05% por ARL.

Si en estos momentos el empleado todavía está haciendo terapia, no está en condiciones físicas para reintegrarse a su trabajo o está incapacitado, todavía está en un periodo de estabilidad laboral reforzada. En ese caso el empleador necesita el permiso del inspector de trabajo para dar como terminado el contrato, según el art. 26 de la Ley 361 de 1997.

Lo anterior sin importar si el empleado tiene un contrato de obra y labor y se termine. Tampoco importa que tenga un contrato a término fijo y termine. Es menester por su estado de salud que se acuda al permiso del inspector de trabajo y él decidirá si lo da o no.

En este caso, al no existir el permiso el despido es ineficaz. No ilegal sino ineficaz. Al hablar de un despido ilegal la sanción es la idemnización del art. 64 del Código Laboral, pero cuando se está frente a una situación de periodos de debilidad manifiesta la Ley Clopatofsky dice que el despido es ineficaz (inexistente).

Entonces al entutelar y pedir el despido ineficaz significa que el Juez ordenará la reincorporación inmediata, incluyendo el pago de los salarios por todo el tiempo que estuvo fuiera de la empresa. Además, de una indemnización de seis más de salario.

Al momento de presentar la tutela invocando el derecho al mínimo derecho inmovil, al trabajo, al debido proceso, a la salud, seguridad social, pida la reincorporación con la declaractoria de ineficacia que contempla el art. 26 de la Ley 361 de 1997.

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